La creación de impuestos a la compra de vehículos, es una falsa idea que cierta oposición trata de posicionar respecto al proyecto de Ley Orgánica para el Equilibrio de las Finanzas Públicas.

Según Paola Villota, experta tributaria, la propuesta tiene como objetivo corregir distorsiones, excesos y abusos en la aplicación de beneficios tributarios, mediante la redistribución y optimización en la recaudación de los impuestos a personas de la tercera edad y con discapacidad. Específicamente en los denominados: Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular; Impuesto a la Propiedad de los Vehículos; y Exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).

En cuanto al Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular, en la actualidad, existe la exoneración de tributos para vehículos de cilindraje de hasta 1.500 centímetros cúbicos (cc). Asimismo, la exoneración del 100% del impuesto para vehículos de uso y traslado de personas con discapacidad y de adultos mayores. La propuesta de ley busca que las personas con discapacidad y adultos mayores puedan acceder únicamente a la exoneración del impuesto siempre que se trate de vehículos de cilindraje de hasta 1.500cc.

Con el Impuesto a la Propiedad de los Vehículos, actualmente las personas con discapacidad y los adultos mayores tienen una rebaja de 8.000 dólares sobre el avalúo del automotor; adicionalmente, las personas con discapacidad tienen una rebaja del 50% sobre el excedente del avalúo.

La propuesta de ley enviada por el Ejecutivo busca establecer en una fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta (11.170 dólares) la rebaja para personas con discapacidad; y establecer en 0.7 fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta (7.819 dólares) la rebaja para las personas de la tercera edad. Para que el objetivo se cumpla, las rebajas serán ajustadas conforme a los porcentajes de depreciación de vehículos, hasta llegar al porcentaje del valor residual. “Primero, la rebaja de 8.000 dólares sobre el avalúo del vehículo para las personas de la tercera edad sube a 11.700 dólares, lo cual genera un claro beneficio; mientras que para las personas discapacitadas este rubro de 8.000 dólares baja, pero en menos del 1%, lo cual en la práctica no es significativo”, menciona Villota.

En lo referente a la exoneración del IVA e ICE a personas con discapacidad en adquisición de vehículos, actualmente los automotores ortopédicos y no ortopédicos para uso y traslado de personas con discapacidad tienen un límite de 120 salarios básicos unificados (43.920 dólares), sea en compras locales o en importaciones. Asimismo, los vehículos adquiridos para transporte colectivo de personas con discapacidad tienen un límite de 206 salarios básicos unificados (75.396 dólares), sea en compras locales o en importaciones.

La propuesta de ley plantea que los vehículos ortopédicos para uso personal cuyo precio Franco a Bordo (FOB) – costos aduaneros asumidos por el comerciante – sea de hasta 50 salarios básicos unificados (18.300 dólares, aproximadamente, Precio de Venta al Público: 36.600 dólares). Vehículos ortopédicos de transporte colectivo cuyo precio FOB sea de hasta 120 salarios básicos unificados (43.920 dólares). Esto aplicaría solo para vehículos importados bajo régimen de consumo. Los vehículos que superen el límite no tendrían exoneración, mientras que los vehículos no ortopédicos de hasta 50 salarios básicos unificados, tendrían derecho a devolución a través del Servicio de Rentas Internas (SRI).

“Algunas personas que tienen familiares con discapacidad utilizan este recurso tributario para comprar vehículos de lujo. Extraoficialmente se conoce que 1 de cada 3 vehículos de lujo han sido adquiridos con esta modalidad, lo cual perjudica al Estado; y por ello se busca poner fin a la ‘viveza criolla’”, asegura la experta tributaria, luego de indicar que estas medidas seguirán beneficiando al 99% de personas de la tercera edad y con discapacidad.