El Ministerio del Interior recordó este domingo, a través de un boletín, que solo los establecimientos de categoría 5 y 6 podrán expender bebidas alcohólicas los días domingos.

La Cartera de Estado le recalcó a la ciudadanía que los establecimientos de venta de alimentos y bebidas al por mayor y menor como: tiendas, abacerías, abarrotes, micromercados, y establecimientos ubicados dentro de las gasolineras, podrán vender bebidas alcohólicas y de moderado contenido, solo para llevar y sin estar refrigeradas.

El horario de funcionamiento de los establecimientos de estas categorías es de lunes a domingo de 06:00 a 24:00. Sin embargo, está prohibido consumir dichas bebidas alcohólicas en el interior de los locales en mención.