Los parlamentarios proponen modificar la Disposición Transitoria Séptima de la Ley de Servicio Público. Plantea que quienes a la fecha de publicación de esta ley mantengan vigentes contratos de servicios ocasionales y/o nombramientos provisionales u otras modalidades contractuales de vinculación, por cuatro años o más, en la misma institución, de manera ininterrumpida o no, y que en la actualidad presten servicios en dicha institución, ingresen a la carrera del servicio público, previo a un concurso de méritos y oposición.
En el proyecto precisan que las personas postularán a dichos concursos, dentro de las unidades administrativas en las que laboran, en la actividad para la que vienen desempeñando y en el mismo nivel remunerativo que perciben, sin perjuicio de la reclasificación que a futuro pudiera realizarse, para ubicarlos en el grado que corresponda.
Se especifica que dentro de estos concursos se otorgará a los postulantes una calificación adicional, que será regulada en el reglamento a esta ley, en función de la experiencia en el ejercicio del respectivo cargo.
Además, señala que relación a los nombramientos provisionales aplica, únicamente, para aquellos que fueron expedidos para ocupar puestos cuya partida estuvo vacante hasta obtener el ganador del concurso de méritos y oposición. Esta disposición también será aplicable, respecto de aquellos nombramientos provisionales, que fueron otorgados con anterioridad a la vigencia de la Ley del Servicio Público.