La Agencia de la ONU para los refugiados (Acnur) señaló que no recibe solicitudes de asilo o refugio y tampoco es el órgano encargado de determinar la condición de refugiado en Perú.

El Telégrafo

De esta manera aclara los reportes de medios de comunicación que dieron cuenta del supuesto reconocimiento como refugiado a Carlos Pareja Cordero por parte de esa instancia. ‘Capaco’ es requerido por la justicia ecuatoriana por un caso de corrupción alrededor de la petrolera Petroecuador.

En un comunicado, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados puntualiza que «no recibe solicitudes de asilo o refugio y tampoco es el órgano encargado de determinar la condición de refugiado en la República del Perú». Añade que tampoco cuenta con una oficina en ese país.

«La oficina que se ocupa de asuntos relativos al Perú está ubicada en Buenos Aires, Argentina». Recalca que en Perú existen órganos estatales encargados de recibir, analizar y resolver la concesión de refugio, determinar la condición de refugiado de una persona y expedir los documentos correspondientes.

El procedimiento para la determinación de la condición de refugiado se rige con acuerdo a las disposiciones de la Ley del Refugiado No. 27.891 de dicho país, que determina el establecimiento de una Comisión Especial para los Refugiados de composición estatal como el órgano encargado de recibir, estudiar, procesar y resolver las solicitudes de la condición de refugiado.

Fuente: El Telégrafo