En ese documento se autorizaba al Municipio de Quito a suspender hasta el 31 de diciembre de este año el proceso de Revisión Técnica Vehicular (RTV) en la capital.

la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) informó que el tema será tratado en el Comité de Operaciones de Emergencia (COE). Crédito: Twitter ANT.

La Agencia Nacional de Tránsito del Ecuador (ANT) difundió el miércoles 17 de junio un oficio mediante el cual “deja sin efecto la autorización contenida en el Oficio Nro. ANT-ANT-2020-0300-OF, del 13 de junio de 2020”.

En ese documento se autorizaba al Municipio de Quito a suspender hasta el 31 de diciembre de este año el proceso de Revisión Técnica Vehicular (RTV) en la capital, que tenía como objetivo evitar aglomeraciones y posibles focos de contagio de covid-19.

Según el nuevo oficio, firmado por el director de la ANT, Juan Pazos, la autorización inicial fue expedida “bajo evidente error inducido por el solicitante, dado que requirió un tema específico en la propuesta y comunica otros temas no autorizados sin seguir el procedimiento correspondiente”.

El funcionario explicó que en ningún punto de la propuesta técnica para la suspensión temporal de la revisión técnica vehicular en el Distrito Metropolitano de Quito que envió el Cabildo “se contempla que el proceso de matriculación vehicular se realizará en línea (online), lo cual no fue solicitado, socializado, ni puesto en consideración de la ANT para su implementación”.

Según la ANT, si ese era el propósito, el Cabildo debía solicitar expresamente la autorización. El ente nacional explicó que la autorización que emitió el pasado 13 de junio no exceptuaba a los vehículos particulares de la revisión técnica vehicular y considera que el anuncio hecho por la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) de que los vehículos privados no cumplirían el requisito pero sí los buses, taxis, busetas escolares e institucionales, camionetas de carga, entre otros, genera confusión.

También señala que el oficio no incluía la autorización para que se deje de cobrar el valor por revisión técnica vehicular, “pues, lo contrario, implicaría una transgresión tanto a lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (que prescribe que es obligatorio el pago de los valores por concepto de matriculación y la revisión), como a lo dispuesto en el Artículo 2 de la Resolución No. 039-DIR-ANT-2020 (que dispone la habilitación para el pago de valores por concepto de matriculación vehicular y revisión técnica vehicular)”.

Por su lado, la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) informó que el tema será tratado en el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) y que luego la entidad municipal emitirá un pronunciamiento, de acuerdo con lo que decida el COE. Además, se informó que la AMT no ha suspendido su servicio.

Fuente: El Comercio – Nota Original: LINK