El Pleno de la Asamblea aprobó la enmienda al artículo 272 de la Constitución para que el número de kilómetros proyectados de vías rurales sea uno de los criterios a considerar para la distribución de los recursos entre los mismos.

Créditos: El Universo

Este domingo, con 95 votos a favor, 32 negativos y 3 abstenciones, el Pleno de la Asamblea aprobó la enmienda al artículo 272 de la Constitución para que el número de kilómetros existentes, planificados y proyectados de vías rurales correspondientes al territorio de los gobierno autónomos descentralizados provinciales sea uno de los criterios a considerar para la distribución de los recursos entre los mismos.

Esto, pese a que la noche del 14 de enero del 2021, en el Pleno, hubo una primera votación, en la que la enmienda al artículo 272 fue negada con 89 votos afirmativos, 30 negativos y cinco abstenciones. Las disposiciones transitoria y final también fueron negadas. Luego, la asambleísta proponente, Jeannine Cruz (CREO) pidió rectificación de la votación y el nuevo resultado fue: 87 afirmativos, 30 negativos y 6 abstenciones. Se necesitaban de 91 votos afirmativo para aprobar la enmienda.

Al final, Raúl Tello (IND) pidió la reconsideración, pero la Secretaría de la Asamblea informó que no procede la reconsideración. La votación de la disposición transitoria y la votación de la disposición final quedaron pendientes. La sesión fue suspendida a las 23:15.

Sin embargo, este domingo, se aprobó la posibilidad de reconsideración plantada por Tello con 90 votos a favor, 34 en contra y cuatro abstenciones. Este proyecto de enmienda tenía tres mociones: el artículo que fue aproda con 95 votos; la disposición transitoria que fue aprobada con 92 votos afirmativos, 28 negativos y 8 abstenciones y la disposición final; la disposición final fue aprobada con 93 votos afirmativos, 28 negativos, 1 blanco y 5 abstenciones.

Los otros tres criterios para la distribución de recursos entre los gobiernos provinciales ya contemplados en la Constitución son: el tamaño y densidad de la población, las necesidades básicas insatisfechas, jerarquizadas y consideradas en relación con la población residente en el territorio de cada uno de los gobiernos autónomos descentralizados, y los logros en el mejoramiento de los niveles de vida, esfuerzo fiscal y administrativo, y cumplimiento de metas del Plan Nacional de Desarrollo y del plan de desarrollo del gobierno autónomo descentralizado.

La enmienda irá a revisión de la Corte Constitucional y luego será publicada en el Registro Oficial para su vigencia. La Asamblea tendrá 120 días para adecuar la normativa secundaria para adaptarla al cambio constitucional.

Esta es la última de tres enmienda que el Pleno abordó en segundo debate el 14 de enero. Las otras dos, que le quitaban las atribuciones de designación de autoridades de control y justicia al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) para devolverlas a la Asamblea y que modificaba los requisitos para ser Contralor y Fiscal General, fueron negadas.

Fuente: El Universo – Nota Original: LINK