El Tribunal de la Corte Provincial de Pichincha negó el recurso de aclaración y ampliación de sentencia por el delito de secuestro extorsivo con resultado de muerte de Juliana Campoverde solicitado por el pastor Jonathan C.

De acuerdo a información difundida por la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), el Tribunal advierte que la solicitud del pastor evangélico, Jonathan C., pretendió cambiar el sentido de la sentencia. Crédito: El Telégrafo.

El Tribunal de la Corte Provincial de Pichincha negó el recurso de aclaración y ampliación de sentencia por el delito de secuestro extorsivo con resultado de muerte de Juliana Campoverde solicitado por el pastor Jonathan C.

De acuerdo a información difundida por la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), el Tribunal advierte que la solicitud del pastor evangélico, Jonathan C., pretendió cambiar el sentido de la sentencia.

“El peticionario pretende en su solicitud que se modifique el sentido de la sentencia, lo que se encuentra prohibido en el artículo 100 del Código Orgánico General de Procesos”, señala el documento.

De esta forma se mantienen las medidas de reparación dictadas en la sentencia de apelación del caso Juliana Campoverde. Entre ellas que se siga el proceso de búsqueda de los restos de la joven y la inclusión del caso en el programa de recompensas, esta acción estará a cargo del Ministerio de Gobierno.

Esta misma Cartera de Estado verificará la existencia y cambio de nombre de la Iglesia Oasis de Esperanza y se tomarán las medidas necesarias si la iglesia mantiene incumplimientos legales.

Además, la Iglesia Evangélica Cuadrangular deberá colocar una placa en memoria de quien en vida fue Juliana Campoverde. Por último, el Tribunal exhortó a la Fiscalía General del Estado (FGE) para que las unidades correspondientes a la investigación de personas desaparecidas, actúen con la debida diligencia.

Pamela Chiriboga, asesora jurídica de Inredh, explicó que el artículo 657 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), contempla que la defensa de Jonathan C. tiene hasta 5 días hábiles, a partir de la notificación del recurso para presentar el recurso de casación.

Si cualquiera de las partes interpone este recurso, este plazo terminará el viernes 19 de junio y se remitirá de inmediato a la Corte Nacional de Justicia. (CNJ).

Por el contrario, en el caso de no presentarse el recurso de casación, la sentencia quedaría en firme y ya se podría ejecutar incluyendo las medidas de reparación.

Fuente: El Telégrafo – Nota Original : LINK