El Concejo Metropolitano de Quito aprobó en segundo debate este martes 19 de mayo, una ordenanza que establece las reglas que las personas deberán acatar al salir al espacio público, así como las multas y sanciones para los contagiados que incumplan el aislamiento domiciliario por la pandemia del covid-19.

La nueva normativa contempla 10 reglas de conducta, prohibiciones y sanciones con el objetivo de mitigar el riesgo de propagación del coronavirus. Crédito: EFE.

El Concejo Metropolitano de Quito aprobó en segundo debate la tarde del martes 19 de mayo, una ordenanza que establece las reglas que las personas deberán acatar al salir al espacio público, así como las multas y sanciones para los contagiados que incumplan el aislamiento domiciliario por la pandemia del covid-19.

La nueva normativa contempla 10 reglas de conducta, prohibiciones y sanciones con el objetivo de mitigar el riesgo de propagación del coronavirus que deberán cumplirse en el espacio público.

1. Toda persona que transite o realice actividades de cualquier tipo en el espacio público deberá obligatoriamente llevar mascarilla, y usarla de la forma correcta, es decir cubriendo su nariz y boca.

2. Las personas deberán guardar una distancia de al menos dos metros unas de otras. La autoridad deberá colocar señalética vertical y horizontal para que las personas puedan respetar los espacios.

3. Deberán llevar siempre la cédula de ciudadanía, de identidad u otro documento oficial que permita identificarla.

5. Incluso las personas que viajen en vehículo deberán usar mascarilla. Asimismo quienes usen moto, bicicleta o medios de transporte no motorizados. Todos los pasajeros de vehículos deberán usar esta protección sin importar si son familiares o viven en la misma casa.

6. Quien no acate estas disposiciones será sancionada con una multa equivalente al 25% de un salario básico unificado, es decir USD 100. Si es reincidente, deberá pagar el doble: USD 200. Si los infractores son menores de edad, la multa deberá ser pagada por sus padres o representantes legales.

7. El Municipio deberá dotar de mascarillas de forma gratuita a los grupos de atención prioritaria, en la medida de sus posibilidades económicas y operativas. Y deberá entregar todos los implementos de protección a personal en primera línea de atención de la emergencia (AMT, AMC, Bomberos, etc). Lo que incluye mascarillas, gafas de protección, trajes de bioseguridad y demás material de protección.

8. Las personas diagnosticadas con covid-19 y quienes se encuentren en aislamiento obligatorio no podrán utilizar los bienes de uso público. Solo podrán salir a las calles para ir a los controles médicos y es preferible que lo hagan en vehículos de emergencia y con todas las seguridades.

9. Los contagiados solo podrán salir de sus viviendas o centros médicos, cuando haya culminado el aislamiento, siempre y cuando tengan el certificado de haber sido dado el alta epidemiológica.

10. El paciente diagnosticado positivo, que incumpla esta normativa será sancionado con una multa equivalente a 1,5 salarios básicos unificados, es decir USD 600. Si es reincidente, deberá pagar tres salarios básicos, es decir USD 1 200.

Fuente: El Comercio-Nota Original: LINK