El Ministerio de Comercio Exterior publica que el pasado 28 de octubre, el Ecuador presentó ante la Comisión de la Comunidad Andina (CAN) una propuesta para desarrollar la reglamentación del Artículo 98 del Acuerdo de Cartagena, el cual faculta a los países miembros la adopción de medidas correctivas excepcionales frente a devaluaciones monetarias efectuadas por otro socio andino.

Esta propuesta ecuatoriana, según el comunicado del Ministerio, busca dotar de previsibilidad a la aplicación de dicho mecanismo comercial mediante la definición de elementos claros y previamente acordados entre los integrantes de la CAN.  Cabe destacar que las medidas correctivas excepcionales se utilizan cuando las devaluaciones y/o depreciaciones de las monedas de otros países alteran las condiciones de competencia.