El presidente, Lenín Moreno, vetó parcialmente, por razones de inconstitucionalidad, el proyecto de reformas al COIP. En la objeción, el Primer Mandatario pide que sea la Corte Constitucional la que se pronuncie sobre el aborto por violación.

Sin insistir en la despenalización del aborto para víctimas de violación, el Ejecutivo remitió el viernes 18 de octubre al Legislativo sus observaciones sobre el proyecto de reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP).

De las observaciones presentadas cuatro son por inconstitucionalidad, lo que significa que esos artículos deberán ser analizados por la Corte Constitucional antes de que regresen para su tratamiento en el Pleno.

Una de ellas tiene que ver con la disposición transitoria segunda del texto, en la que la Asamblea, a pesar de no haber aprobado la despenalización del aborto para víctimas de violación (art. 150), había incluido un procedimiento para que se ejecute esta medida.

En varias organizaciones que defienden los derechos de las mujeres había la expectativa que el Ejecutivo insista en el artículo 150, pero la Constitución impide al Ejecutivo insistir en textos que no hayan sido contemplados en el documento. Otra guarda relación con el artículo 20 del proyecto, que se refiere al comiso sin condena.

A criterio del Ejecutivo, eso es inconstitucional “por ser expresamente contraria y vulnerar directamente la garantía constitucional del debido proceso”. En su lugar, propone que se amplíe la figura de incautación.

En total el veto se compone de 96 páginas. e acuerdo con la Ley Orgánica de la Función Legislativa, el Parlamento tiene un plazo de 30 días para tramitar las observaciones, previo a su envío al Registro Oficial.

Fuente: El Comercio – Nota Original: LINK