El constitucionalista, Rafael Oyarte, explicó que el estado de excepción se refiere a la limitación de algunos derechos fundamentales, como el de la libre movilidad y la libertad de reunión.

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El presidente Lenín Moreno decretó Estado de excepción, toque de queda y restricción vehicular la noche de este lunes 16 de marzo. Además, el COE Nacional ha confirmado 111 contagiados y anunció que 451 personas permanecen en cerco epidemiológico.

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En NotiMundo Estelar, el constitucionalista, Rafael Oyarte, explica que el estado de excepción se refiere a una medida extraordinaria donde se pueden restringir libertades colectivos e individuales; así también, la inclusión de facultades excepcionales para el Estado.


El abogado mencionó que actualmente las medidas deben acatarse a nivel nacional y, naturalmente, no se podrían disponerlas para ciertas provincias.

Asimismo, Oyarte afirmó que las disposiciones que declaró la noche del lunes el alcalde, Jorge Yunda, en comparación con las emitidas por el Gobierno Central, podrían demostrar descoordinación entre autoridades, un lujo que la ciudadanía no se puede «permitir». Sin embargo, considera que ambas facultades son válidas y ayudan a prevenir la propagación del coronavirus.

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