Desde este 31 de julio hasta el 12 de agosto en 18 provincias del país se aplicarán medidas adicionales a las correspondientes a la semaforización que rige en Ecuador.

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Créditos: El Telégrafo

Las autoridades del Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE-N) dieron a conocer que se ampliará el toque de queda y se restringirá la venta de licor de viernes a domingo durante ese periodo con el objetivo de reducir el contagio del COVID-19 en las localidades que han visto un repunte de los casos.

En los cantones en amarillo de las provincias Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Loja, Santo Domingo, Esmeraldas, Sucumbíos, Napo, Orellana, Pastaza, Morona Santiago y Zamora Chinchipe se dispuso que de lunes a jueves se mantenga el horario de toque de 21:00 a 05:00, mientras que de viernes a domingo será de 19:00 a 05:00.

En las mismas localidades se prohibirá la venta de alcohol de viernes a domingo, con excepción de restaurantes categoría 4, pero como bebida de acompañamiento. Previamente ya se había establecido la prohibición de las reuniones sociales, así como una primera ampliación del toque de queda.

Del cumplimiento de estas disposiciones se encargan miembros de la Policía, así como instancias de control de los municipios e intendencias como se ha reflejado en operativos que se ejecutaron en Quito.

Desde el 4 de mayo se implementa la etapa de distanciamiento social que implica la semaforización de localidades. Actualmente 196 cantones se encuentran en amarillo y 11 en verde, los restantes se encuentran en rojo.

«El monitoreo constante del comportamiento de la pandemia refleja la falta de cumplimiento de las medidas básicas, esenciales y científicamente comprobadas tales como: el uso de mascarilla, higiene de manos, distanciamiento social, aislamiento preventivo, así como las inconductas ciudadanas manifestadas a través del desarrollo de reuniones sociales, consumo de alcohol, aglomeraciones y la evidente falta de respeto ante los agentes encargados del cumplimiento de la Ley. Esto ha conducido a que no se cumpla el progreso hacia la disminución de la velocidad de transmisión de la COVID-19 y la consecuente sobredemanda y saturación de los servicios de salud», se explica en la resolución del COE.

Restricciones que se mantendrán de acuerdo a la semaforización:

Rojo
Horario de toque de queda: 18:00 a 05:00.

Circulación vehículos particulares: Dos días por semana de lunes a viernes, no se circula los fines de semana.

Transporte interprovincial: No puede circular.

Reuniones sociales: Prohibidas.

Amarillo
Horario de toque de queda: De 23:00 a 05:00 (en Manabí, Guayas, Galápagos, Los Ríos, El Oro y Santa Elena).

Circulación vehículos particulares: Dependiendo del último dígito de la placa se circula de lunes a sábado (impar o par), tres domingos de agosto lo harán los vehículos con placa terminada en número impar y dos los que terminen en placa par.

Transporte interprovincial: autorizado con el 50% del aforo, entre cantones con el mismo color: amarillo y/o verde.

Reuniones sociales: Autorizadas con un máximo de 25 personas y respetando las normas de distanciamiento y de bioseguridad.

Verde
Horario de toque de queda: Eliminado

Circulación vehículos particulares: 70% de los vehículos particulares circulan de lunes a domingo, conforme al último número de la placa.

Transporte interprovincial: Únicamente en los cantones amarillo y verde que han autorizado las operaciones entre terminales.

Reuniones sociales: Autorizadas con un máximo de 25 personas y respetando las normas de distanciamiento y de bioseguridad.

Sanciones

En abril pasado, el COE Nacional dispuso que cada municipio establezca multas a quienes no usen mascarillas en espacios públicos. En Guayaquil, la ordenanza establece que será sancionado con el 20% de un salario básico unificado, que equivale a $80, y si reincide con un 40%, que son 160 dólares.

En Quito, la sanción para quien no use la mascarillas es de $100 la primera, y si hay reincidencia será de $200.

En cambio, quienes incumplan con las restricciones de circulación por primera vez deberán pagar una multa de $100, quienes lo hagan por segunda vez, deberán pagar el equivalente a un salario básico: $400 y, si es la tercera vez, serán procesados penalmente.

Nota Original: El Universo – LINK