El presidente boliviano Evo Morales remitió a debate este martes a la Asamblea Legislativa un decreto presidencial de amnistía e indulto total y parcial para Personas Privadas de Libertad (PPL), norma que se calcula beneficiará a unos 2.735.

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Imagen de archivo de Evo Morales, presidente de Bolivia - Créditos: Agencia Andes

«Un trabajo conjunto entre el Ministerio de Gobierno, de Justicia y el Defensor del Pueblo (…) He decidido, hemos decidido con el gabinete enviar este decreto presidencial a la Asamblea Legislativa para indulto y amnistía», mencionó en conferencia de prensa en Palacio de Gobierno.

Explicó que los detenidos preventivos o con medidas sustitutivas podrán acceder a la amnistía, en caso de que la pena sea menor o igual a 5 años o a 8 años, siempre y cuando hayan «afianzado suficiente o haya acuerdo con la víctima».

También se aplicará la amnistía para aquellos privados de libertad con discapacidad grave o muy grave, con enfermedad terminal, mujeres con 20 semanas de embarazo o que tengan a su cuidado niños menores de 6 años y personas mayores de 65 años de edad.

Morales señaló que el indulto parcial y total será aplicado en caso de presos con sentencia ejecutoriada.

El indulto parcial procederá con la reducción de la tercera parte de la pena para aquellos presos con discapacidad grave o muy grave, con enfermedad terminal y mujeres embarazadas.

Con la reducción de la cuarta parte de la pena procederá para menores de 28 años de edad, varones a partir de 58 años y mujeres que hayan cumplido la quinta parte de la pena o que tuvieran a su cuidado niños menores de 6 años.

La pena se reducirá en dos años para personas no reincidentes cuando la condena sea mayor a 6 años y no tengan faltas graves.

El líder indígena indicó que el indulto total se aplicará para menores de 28 años que hayan cumplido cuarta parte de su condena, varones a partir de 58 años y mujeres a partir de 55.

También para mayores de 65 años con una pena igual o menor a 10 años sin que sea necesario que cubran parte de la condena, mujeres en gestación, personas con discapacidad grave y muy grave, con enfermedad terminal e incurable y no reincidentes con penas no mayores a 10 años que hayan cumplido cuarta parte.

Según el decreto presidencial, quedan excluidos de la amnistía e indulto total y parcial aquellos presos que hayan cometido delitos contra la seguridad interna y externa del Estado, contra la vida, corrupción, contra la libertad sexual.

También quedan al margen, aquellos casos en que el Estado sea parte acusadora, con excepción del Ministerio Público, delitos de sustancias controladas con penas superiores a 10 años, delitos de terrorismo, genocidio, contrabando, secuestro, trata y tráfico, estafa, defraudaciones y los delitos que no admitan indulto.

El jefe de Estado informó que hasta noviembre de 2017 en el país existen 5.409 presos sentenciados y 12.537 con detención preventiva.

Recordó que a la fecha se aprobaron cinco normas de indulto y amnistía. La primera benefició a 234 presos, la segunda en 2013 a 1.733, la tercera en 2014 a 1.698 reos, la cuarta en 2015 a 1.656 y la quinta en 2016 favoreció a 468 internos.

Fuente: Agencia Andes