Dentro del proyecto de Ley Orgánica de Libre Expresión y Comunicación enviado este 25 de mayo a la Asamblea Nacional, el gobierno de Guillermo Lasso propone derogar la pena que existe por calumnia y la que está relacionada al delito contra el derecho al honor y buen nombre.

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Créditos: EFE

En la propuesta enviada al legislativo se plantea derogar el artículo 182 del Código Orgánico Penal, que sanciona la calumnia con pena privativa de libertad de seis meses a dos años. Además, se pide derogar el numeral 1 del artículo 396, que establece como una contravención de cuarta clase las expresiones en descrédito o deshonra en contra de una persona. Esto se sanciona con una pena de quince a treinta días.

El proyecto de Ley Orgánica de Libre Expresión y Comunicación tiene diez páginas y busca derogar la actual Ley creada en el régimen de Rafael Correa y que está vigente desde junio del 2013. Contiene catorce artículos, dos disposiciones reformatorias, dos disposiciones derogatorias y una disposición final.

La propuesta gubernamental propone que los medios de comunicación deberán autorregular su propio comportamiento a través de códigos de ética y políticas editoriales o informativas, los cuales deberán difundirse en sus portales web o un instrumento que se halle a disposición del público.

“El ejercicio de la actividad periodística y de comunicación debe regirse por los estándares éticos y de autorregulación, en ningún caso por estándares y regulaciones impuestas por el Estado”, refiere uno de los artículos.

Además, incorpora un artículo el cual indica que ningún medio de comunicación, periodista o comunicador podrá ser sancionado por opinar o formular crítica y denuncias contra el poder público. “No podrá iniciarse en contra de ellos procedimientos penales de ninguna naturaleza, por sus opiniones. Su responsabilidad ulterior será de naturaleza civil exclusivamente”.

El derecho a la réplica o respuesta es parte de un artículo. El proyecto señala que toda persona que haya sido directamente mencionada a través de un medio de comunicación, de forma que afecte sus derechos a la dignidad, honra y reputación, tiene derecho a que ese medio publique o brinde acceso para se que se realice su réplica o respuesta de forma gratuita.

Esta réplica deberá efectuarse con las mismas características, dimensiones, página o sección o en el mismo programa o espacio en el término de 72 horas o en las próximas tres programaciones.

Lasso recordó que en el 2013 se aprobó una Ley de Comunicación conocida como “Ley Mordaza”, y que si bien en los últimos cuatro años se hicieron algunos cambios, estos no son suficientes. Por ello, dijo, su gobierno deroga el reglamento de la Ley de Comunicación, y que remitirá el proyecto de Ley de Libertad de Expresión.

El mandatario sostuvo que el proyecto fue redactado acorde con los principios internacionales de libertad de expresión, con la declaración de Chapultepec, con la declaración de Derechos Humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Dijo que espera que la Asamblea Nacional dé un urgente trámite para que se vuelva a vivir en plena libertad en el Ecuador, donde no quepa la menor duda de que su gobierno es democrático, que promueve un Ecuador libre y que cualquier ecuatoriano tendrá el derecho de expresar su opinión, de criticar a los poderes constituidos, y que “aquí no le va a pasar absolutamente nada”.

Dentro del proyecto de Ley se incluye un artículo relacionado a los insumos que usa la prensa. “La importación de bienes e insumos que sean destinados al ejercicio de la libertad de prensa, tales como la importación de papel periódico o similares, no estarán sujetos a impuestos, tasas, tarifas o contribuciones”, indica.

El Gobierno ha expresado que en su propuesta se exceptúa la derogatoria de los artículos que fomentan la producción nacional en publicidad, regulación de propaganda estatal y el régimen del espectro radioeléctrico.

Nota Original: El Universo – LINK