Las medidas de restricción vehicular se mantienen vigentes en la capital desde el pasado 13 de febrero y su fecha de finalización será el miércoles 31 de marzo. En la semana se espera una nueva resolución que será publicada por la Secretaría de Movilidad. Mientras tanto, la restricción se mantendrá según el último dígito de su placa, al igual que las semanas anteriores.

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Crédito: Shutterstock.

La multa por no respetar el calendario del plan Hoy no circula es del 50% de un salario básico ($ 200) y retención del vehículo por cinco días.

Además, las medidas de restricción podrán variar solo para el feriado de Semana Santa, de acuerdo al exhorto que realizó el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional a 21 cantones para tomar medidas más estrictas.

En los valles de Tumbaco, Los Chillos y vías de conexión entre cantones, no existe restricción, los vehículos podrán circular con normalidad ya que la restricción del plan de movilidad Hoy no circula aplica solo en la zona urbana de Quito.

Además, el horario de la restricción se mantiene de 06:00 hasta las 20:00. Fuera de ese horario podrán circular todos. Este horario es uno de los que se ha pedido que se extienda para evitar la circulación y el aumento en los contagios por Covid-19. Sin embargo, no se ha emitido una modificación aún.

Las motocicletas están incluidas en las medidas de restricción, aplicará según el último número de su placa, sin tomar en cuenta la letra final.

Salvoconductos
La emisión de salvoconductos se mantiene habilitada para:

– Citas médicas (2 citas por semana y caducidad 1 día).
– Transporte al aeropuerto (caducidad un día).
– Turismo, establecimientos de alojamiento, registrados y validados por Quito Turismo (caducidad máximo 15 días).
– Traslado de vehículos no nacidos-sin placa (1 día, solo concesionarios autorizados y validados por Aeade y ensambladoras validadas por la Cinae.

Los salvoconductos emitidos a personas naturales, desde el 14 de septiembre hasta el 21 de diciembre de 2020, quedarán sin efecto definitivamente. Sin embargo, las personas naturales que mantienen una actividad económica podrán solicitar salvoconductos hasta para dos vehículos.

Nota Original: El Universo – LINK