Mediante un comunicado, el Ministerio de Salud Pública (MSP) informó que un juez rechazó la acción de protección interpuesta ante esta cartera de Estado y la Agencia de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa).

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Créditos: Arcsa

“Grupos de ciudadanos exigían que el dióxido de cloro, denominado por ellos ‘Fórmula magistral’ sea permitido como parte del tratamiento para la COVID-19”, indicó el MSP.

La defensa de la cartera de Estado habría demostrado que la acción no cumpliría con el artículo 40 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

Este artículo dicta que la acción de protección se podrá presentar cuando ocurra lo siguiente: violación de un derecho constitucional; acción u omisión de autoridad pública o de un particular de conformidad con el artículo siguiente; inexistencia de otro mecanismo de defensa judicial adecuado y eficaz para proteger el derecho violado.

Sobre el consumo del dióxido de cloro, el Ministerio de Salud sostiene que no cuenta con estudios científicos que avalen la efectividad de su uso para la cura de la COVID-19.

La doctora Katerin Chulde explica que el efecto de este químico depende de cada metabolismo, pero entre las afectaciones que podría causar están sangrado digestivo alto, intoxicación, agravar úlceras gástricas y anafilaxia. Además, dijo que a largo plazo podría causar problemas hepáticos y renales.

Catalina Enríquez, de 47 años, dijo que consumió por dos meses dióxido de cloro. Hasta el momento comenta que no ha tenido ningún efecto contraproducente en el organismo. “Lo único que hizo fue limpiar mi sistema respiratorio, porque he tenido una especie de sinusitis”, comentó.

El MSP informó que se tomarán acciones y sanciones con los profesionales que recomienden el uso de dicha sustancia química.

Hasta el momento el Arcsa ha decomisado 315 productos de dióxido de cloro que se encontraban a la venta, informó el comunicado.

Nota Original: El Universo – LINK