Debido a que Alexandra Ocles no tenía el rango de "Secretaria de Estado" cuando fue directora del Servicio Nacional de Riesgos (SNGR), cargo e institución en la que supuestamente se produjo el delito de tráfico de influencias, la jueza de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Daniella Camacho, señaló que existe un problema de competencia y se inhibió de conocer la causa.

Alexandra Ocles, secretaria de Gestión de Riesgos
La semana pasada, Ocles fue involucrada en una investigación que lleva a cabo la Fiscalía General por un contrato de adquisición de 7 500 kits alimenticios durante la emergencia. Crédito: El Telégrafo.

La decisión de Camacho se dio a conocer la mañana de este viernes una vez se instaló la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por tráfico de influencias contra Ocles y cuatro funcionarios de la SNGR que eran acusados por supuestas inobservancias legales en el proceso de adquisición de 7 mil kits de alimentos para la población afectada por la emergencia generada por el COVID-19.

En la primera parte de la diligencia, es decir, en la fase de evaluación, Stalin Raza, abogado de Mauricio C., director de Atención Humanitaria del SNGR, señaló que la jueza Camacho carecía de competencia para conocer la causa, debido a que desde la audiencia de formulación de cargos el fuero de Corte Nacional no es el adecuado para la ahora exdirectora Ocles.

Camacho acogió parcialmente el pedido de Raza, al cual se le sumaron otros procesados, y dijo: «me corresponde inhibirme de la presente causa ante un juez de garantías penales, para lo cual se emitirá la respectiva providencia por escrito que será debidamente notificada a los sujetos procesales»

En el análisis realizado por la jueza Camacho ella explica que una vez revisado el expediente, y conforme consta del decreto ejecutivo 534, de 2018, la designación de María Alexandra Ocies Padilla se realiza como «Directora General del Servicio Nacional de Riesgos y Emergencias», es decir, no tiene calidad de Secretaria de Estado.

 
Nota Original: El Universo – LINK