Los juicios por narcotráfico, terrorismo, tráfico de armas o explosivos a través de la frontera norte todavía se ventilarán en las oficinas judiciales de Esmeraldas, Sucumbíos y Carchi. El 17 de abril, la Judicatura trazó un plan para sacar esos expedientes de los cantones fronterizos y trasladarlos a una unidad especial en Quito. Pero el plan no se ha concretado.

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En el cronograma de la Judicatura se estableció que hoy se escogería a siete jueces de carrera, quienes desde el próximo lunes debían trabajar en la Unidad Judicial de Garantías Penales y en el Tribunal Especializado en la Lucha Contra el Crimen Organizado.

La implementación de estas oficinas especiales quedó suspendida por la controversia que surgió entre la Judicatura y los jueces de la Sala Penal de la Corte Provincial de Pichincha. Los magistrados se oponen a la creación de la Unidad y del Tribunal, pues dicen que viola principios constitucionales.

Por ejemplo, la jueza Anacélida Burbano sostuvo públicamente que la Judicatura viola el artículo 76, numeral 7, letra k de la Constitución. La norma dice que todos los procesados tienen derecho a ser juzgados por un juez independiente, imparcial y competente. “Nadie será juzgado por tribunales de excepción o por comisiones especiales”.

El 3 de mayo, la magistrada Burbano se presentó ante el Pleno del Consejo de Participación Transitorio, que actualmente evalúa la gestión del Consejo de la Judicatura, y dijo que traer los expedientes a la capital tendría un costo en cuanto a la seguridad. Mientras explicaba el caso, sostuvo que tres días después de que la Judicatura decidiera crear la unidad especial “surgieron temas que son de conocimiento público”.

Se refirió a las amenazas de bomba que esos días recibió la capital. Un día después de esa exposición, la Judicatura suspendió este proceso y ahora espera que la Corte Constitucional se pronuncie sobre la legalidad de esa unidad especial. En la resolución 053-2018, del pasado viernes, el Consejo de la Judicatura explicó que la medida se tomó para “evitar posteriores alegaciones de falta de competencia o entorpecimientos procesales que podrían acarrear innecesarias discusiones sobre la validez”.