Por su participación en la Copa Libertadores, la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) transfirió 1’500.000 de dólares a Deportivo Quito.

Fiscalía

Pero los dirigentes de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) habrían entregado solo 11.000 dólares al equipo capitalino. El resto lo habrían repartido entre los dirigentes de la FEF y Fernando Mantilla, expresidente del Quito.

Este es el resultado del peritaje solicitado por la Fiscalía al experto Franklin G., sobre las transferencias y destinos de los recursos que ingresaron a la Ecuafútbol por la participación de equipos nacionales en la Copa Libertadores en el 2012.

Estos datos fueron expuestos este lunes 17 de octubre, durante la audiencia de juicio por lavado de activos del caso ‘Ecuafútbol’, que continúa en el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, en contra de los procesados Luis Ch. (expresidente), Hugo M. (tesorero) y Pedro V. (contador) de la FEF.

Las cuentas por la transmisión de partidos de la selección ecuatoriana

A pedido de la Fiscalía, el perito Franklin G. revisó los contratos efectuados por la FEF y la empresa Cross Trade para la transmisión de partidos de la selección ecuatoriana de fútbol, durante el periodo 2010 – 2015.

Franklin G. afirmó ante el Tribunal que encontró 14 transferencias hechas desde la Conmebol a las cuentas de la Ecuafútbol, de ellas cinco no habrían sido registradas en las cuentas de la FEF.

Según el perito, estas transferencias superarían los dos millones de dólares, con lo que se evidenciaría un desvío de recursos.

Además, en el informe solicitado por la Fiscalía se pudo evidenciar que entre el 2010 y el 2013, la empresa Cross Trade acreditó más de USD 11 millones a la FEF por la transmisión de partidos de la selección ecuatoriana. De ellos, 8 millones fueron legalmente avalados, los otros tres millones no pudieron ser justificados.

También, entre el 2014 y el 2015, no se justificó más de un millón de dólares en la contabilidad de la FEF.

Con estos datos expuestos por la Fiscalía, se comprobaría que se utilizó el prestigio de la FEF para dar legalidad a dineros de procedencia ilícita.

Dato:

Cuando el monto de los activos, objeto del delito, supere los 200 salarios básicos unificados, el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece una pena privativa de 10 a 13 años por lavado de activos.