El reglamento que facilita la aplicación de los beneficios penitenciarios establecidos en el Decreto Presidencial 1440 fue aprobado por la Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, Rosana Alvarado.

El Telégrafo

En el documento se establece el procedimiento que deberán seguir las personas privadas de libertad (PPL), que puedan beneficiarse con la rebaja de penas o el indulto, establecidos en el último Decreto firmado por el expresidente Rafael Correa.

Este Decreto establece la rebaja de 360 días a las PPL sentenciadas por un delito que tenga una pena de máximo cinco años y hubiesen cumplido el 30% de la condena.

Además, se indulta a las PPL con enfermedades catastróficas en etapa terminal. También existe un indulto a las sentenciadas por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, que hubiesen intentado sacarlas o ingresarlas del país por puertos, aeropuertos o puntos de frontera, dentro de la mínima o mediana escala, por un delito que tenga una pena de máximo cinco años y hubiesen cumplido el 30% de la condena.

En el Acuerdo Ministerial se determina que deberán entregar la copia certificada de la sentencia; el centro de rehabilitación social deberá remitir el informe jurídico, el certificado de permanencia del privado de libertad y el de conducta. Además, las PPL con enfermedades terminales deberán adjuntar informes médicos originales.

Asimismo, aclara que la PPL debe registrar el cumplimiento, de al menos, el 30% de la pena hasta el 23 de mayo de 2017, y que a esa fecha estuviese ejecutoriada la sentencia. Los casos serán atendidos por la Comisión de Beneficios Penitenciarios, Indultos y Repatriaciones, la cual deberá emitir un informe y posteriormente entregar el expediente a los CRS para su registro y luego informar al juez de garantías penales.

La ministra Alvarado informó que unas 3.000 personas privadas de libertad podrían beneficiarse del Decreto, pero cada caso será analizado de forma individual para establecer si cumple o no con los requisitos.

Fuente: El Telégrafo