Carlos P. es procesado por los presuntos actos de corrupción cometidos durante su gestión como gerente de Refinación y gerente General de Petroecuador, entre el 2012 y 2015.

Fiscalía

El exfuncionario es uno de los 17 ciudadanos que, este viernes 21 de octubre, fueron vinculados al proceso penal que investiga un presunto cohecho en Petroecuador.

Durante la audiencia, el fiscal del caso Jacinto Tibanlombo presentó como principales elementos de convicción los resultados de la asistencia penal internacional solicitada por la Fiscalía ecuatoriana a Panamá y un informe de la Unidad de Análisis Financiero (UAF).

Mediante la asistencia penal de Panamá se obtuvo información emitida por el Registro Público sobre la constitución de la empresa Capaya, de Carlos P.

Esta asistencia penal internacional determinó transferencias económicas hacia las cuentas de Girbra, empresa de Alex B., y desde esta hacia Capaya y a personas naturales, entre ellas Yolanda P. y Carlos Andrés P. (hermana e hijo de Carlos P., respectivamente).

Dichos  movimientos se habrían hecho a través de cuentas en Helm Bank y Capital Bank, ambos de Panamá.

El pedido de la asistencia penal de Ecuador también alertó a Panamá, donde se inició una investigación por una presunta corrupción y blanqueo de dinero. Por lo que se retuvieron 4 millones de dólares de las cuentas que tenía Alex B., en dos bancos panameños.

Mientras que el reporte de la UAF solo reveló que la empresa Girbra  recibía transferencias de contratistas de Petroecuador.

Medidas cautelares 

Con base en estos indicios presentados por Fiscalía, la jueza de Garantías Penales de Pichincha, Karen Matamoros, dictó orden de prisión preventiva para Carlos P.,  Alex B., Arturo E., Juan B., Jaime B., Humberto G., Arturo P., Fabricio Y. y Glenda M.

Asimismo para estas personas se dispuso la incautación, retención y prohibición de enajenar bienes.

Por pedido de la Fiscalía, la jueza anunció que se oficiará a la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol Ecuador) para que los procesados que habrían abandonado el país sean detenidos.

Para las ocho personas restantes (Carlos Andrés P., Jelice H., Gorky R., Ramiro L., Sonia C., Yolanda P., Xenia P. y Paquita de M.), la jueza Matamoros ordenó la prohibición de salida  del país y la presentación ante la autoridad competente durante tres días a la semana, a partir del lunes 31 de octubre.

Además, dispuso la prohibición de enajenar bienes para Jelice H., Yolanda P. y Carlos Andrés P.

Este caso por presunto cohecho se inició con la formulación de cargos contra Javier B., el pasado 17 de agosto. Ese día, el juez de Garantías Penales, David Lasso, ordenó la prisión preventiva del procesado y la retención de los valores de sus cuentas.

Con estas vinculaciones, la etapa de instrucción fiscal se extiende por 30 días más.

Datos

-Alexis Mera, secretario jurídico de la Presidencia de la República, también asistió a la audiencia de vinculación y reconoció el trabajo realizado por Fiscalía en este caso.

-El cohecho está tipificado en el artículo 280 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

-El delito de cohecho no prescribe y puede ser juzgado en ausencia del imputado.