Un proyecto de ley que establece varias causas que justifican un aborto, entre ellas la pobreza extrema, pero por una sola vez y hasta las ocho semanas de gestación, desató hoy una polémica en el Parlamento de Bolivia.

EFE

El presidente del Senado, el oficialista José Alberto González, confirmó a los medios que la reforma para tratar el aborto es parte del proyecto de nuevo Código del Sistema Penal del país, que estudia la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados.

Agregó que, al tratarse de un tema polémico, habrá voces a favor y en contra, pero pidió que se tome en cuenta «la estadística escandalosa» que muestra un alto número de mujeres muertas o lesionadas de por vida por someterse a abortos clandestinos.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, aportó que la norma se adecúa a la realidad de que son las mujeres pobres las que se hacen abortos en clínicas clandestinas con el riesgo de la muerte, mientras que las de clase media o alta lo hacen en mejores condiciones de seguridad para su vida.

El artículo 157 del proyecto del código establece que la práctica del aborto no constituirá una infracción penal cuando sea solicitado por la mujer y se cumpla con varias condiciones de contexto.

El proyecto señala que el aborto puede practicarse «durante las primeras ocho semanas de gravidez, por única vez», si la mujer se encuentra en situación de calle o pobreza extrema y no tenga recursos suficientes para la manutención propia o de su familia.

También plantea que puede aceptarse el aborto si la mujer es madre de tres o más hijos y no cuenta con recursos suficientes para su manutención o es estudiante.

Además, propone que la interrupción pueda hacerse en cualquier etapa de la gestión cuando sea necesario prevenir un riesgo presente o futuro para la vida o para la salud integral de la embarazada, y cuando se detecten malformaciones fetales incompatibles con la vida.

De aprobarse la norma, las bolivianas también podrían detener sin problemas el embarazo si es la consecuencia de una violación o incesto, o si la embarazada es un niña o adolescente.

Si el aborto está al margen de esas condiciones, la mujer que lo haga podría ser sancionada con una pena de uno a tres años y si alguien obliga a un mujer a interrumpir el embarazo podría enfrentarse a una sanción de tres a diez años de cárcel.

Actualmente, el aborto requiere permiso judicial para todos los casos, salvo cuando el embarazo resulta de una violación, incesto o estupro y cuando esté en riesgo la vida y salud de la madre.

Las organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres en Bolivia, que es uno de los países en la región con mayor violencia sexual, calculan que a diario se realizan 185 abortos ilegales.

La activista Tania Nava, activista del Pacto por la Despenalización del Aborto, dijo a Efe que la norma supone un avance, pero todavía es insuficiente porque el tema debería salir del contexto penal y ser tratado como un asunto de salud pública.

Nava cuestionó que se establezca el plazo «conservador» de ocho semanas para el aborto, mientras que organismos internacionales de salud señalan que puede practicarse hasta las 22 semanas.

Asimismo, dijo no comprender en razón de qué estudio o realidad se propone que la mujer puede abortar una sola vez.

«A mí ese término (única vez) lo que me ocasiona es ruido, ya que nuestro país no cuenta con bases informáticas para ese tipo de investigación. ¿Cómo contamos que es la primera vez de una mujer?», reflexionó Nava.

A su juicio, tratar el tema en esos términos implica no reconocer la autonomía de una decisión de abortar, ni considerar que el aborto es de por sí un tema complejo para cualquier mujer.