Silvia Buendía, abogada y defensora de los DDHH, señaló que el debate sobre el aborto no puede girar en torno a si es un derecho de la mujer, ya que en la sentencia de la Corte Constitucional se habla del derecho al acceso a la salud que deben tener las víctimas de violación. “Hablemos del derecho a no ser revictimizadas”, añadió.

Créditos: @silvitabuendia

En Decisiones con Jorge Ortiz, Silvia Buendía, abogada y defensora de los Derechos Humanos, dijo que tampoco se podría hablar del asesinato de inocentes, ya que el primer Código Penal de Ecuador, emitido en 1837, lo tipifica como ‘aborto’, y no como asesinato.

Buendía aseguró que la sentencia de la Corte Constitucional fue “profundamente razonada”, para decidir si se puede encarcelar o no a una víctima de violación que decide interrumpir su embarazo.

La activista manifestó que, más allá de lo que dice la ley, esta práctica se realiza a diario en el país y el mundo. Informó que “cada 4 minutos aborta una mujer en Ecuador”, y reflexionó que se debe tratar el tema como un aspecto de salud pública. “Las decisiones de Salud no pasan por el código penal”, añadió.

Consideró la defensa la vida se la debe hacer, pero no con la penalización, sino con políticas públicas, como la erradicación de la violencia de género, educación sexual con énfasis en anticoncepción, entre otras medidas. “Es como si quisiéramos erradicar la pandemia del Covid-19 metiendo presa a la gente que se contagia”, expresó.

Buendía recordó que hasta las 12 semanas se puede realizar un aborto ambulatorio con fármacos, dentro de ciertos parámetros, ya que posteriormente se habla de inducción al parto con procedimientos quirúrgicos, hasta la semana 24.

71% de embarazos infantiles tienen patologías graves, porque sus cuerpos no están preparados para el feto, lo que causa, entre otras cosas, un parto prematuro” señaló Buendía, y resaltó que “con esta ley, los casos serían la excepción, y no la norma, como sucede en la actualidad”.

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