El presidente Guillermo Lasso vetó totalmente el proyecto de Ley para derogar la reforma tributaria por inconstitucionalidad e inconveniencia. En Notimundo A La Carta, Gonzalo Muñoz, abogado constitucionalista, señaló que esta decisión violenta la Constitución pues es algo que no está contemplado y, por lo tanto, “no se puede” proceder.

Foto: Flickr Presidencia

En el documento enviado a la Asamblea, el Gobierno justifica que la objeción por inconstitucionalidad es por la forma. En este sentido, señala que el proyecto derogatorio no fue presentado por el Ejecutivo y aduce, conforme al artículo 135 de la Constitución, que solo el Presidente de la República puede presentar proyectos de ley que creen, modifiquen o supriman impuestos, aumenten el gasto público o modifiquen la división político administrativa del país.

Mientras que, la objeción total por inconveniencia responde a que la derogatoria de la ley causa un «impacto inconmensurable» en las finanzas públicas. El presidente Lasso realiza la objeción total por inconveniencia en el posible caso de que la Corte Constitucional determine la constitucionalidad del proyecto.

Para Muñoz, la discusión jurídica que va a zanjar la Corte Constitucional es si es que en virtud de lo establecido en el artículo 140 de la Constitución, la Asamblea puede modificar o derogar impuestos que se encuentren contenidos en un decreto- ley o, por el contrario, si para hacerlo necesita de la iniciativa legislativa del presidente de la República, “tal cual lo establece el artículo 135 de la Constitución”.

En ese marco, según Muñoz, el Presidente tiene temor que la Corte Constitucional le pueda dar razón a la Asamblea, en el sentido en el que el artículo 140 le permitiría tener iniciativa para derogar o modificar impuestos únicamente en los casos de decretos- leyes y dé la razón, con lo cual esta normativa se publicaría en el Registro Oficial “de manera inmediata y empezaría a regir en el 2024”.

“Si esto ocurre, el Presidente quiere, de manera subsidiaria, presentar una objeción por inconveniencia, lo cual es imposible jurídicamente; se necesitaría 92 votos en el Legislativo”, finalizó Muñoz.

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