La audiencia se realizó la mañana de este 22 de diciembre, en la Corte Nacional de Justicia (CNJ). En esta diligencia, el fiscal Galo Chiriboga presentó más de 28 elementos de convicción en contra de los hoy procesados.
Amada Suárez Mejía murió el 16 de enero de 1992, tras recibir entre 18 y 19 tiros mientras dormía. Fue la madre adoptiva de Juan Fernando Hermosa, de 16 años, quien fue conocido como “el niño del terror”.
Suárez habría sido ejecutada extrajudicialmente en el operativo realizado en el domicilio de la víctima por los integrantes del Grupo de Intervención y Rescate (GIR), de la Policía Nacional, para capturar a su hijo.
Entre los principales elementos de convicción presentados por Chiriboga Zambrano en la audiencia de vinculación, está el protocolo de autopsia médico legal de Amada Suárez, el cual determinó que la causa de su muerte fue una hemorragia aguda interna por penetración de proyectiles de arma de fuego en tórax y abdomen.
Asimismo, figura la pericia de análisis del uso de la fuerza en el operativo en el que murió Suárez. Éste indica que se incumplieron estándares internacionales en materia del uso progresivo y adecuado de la fuerza por parte de agentes encargados de cumplir la ley.
También se expuso el informe de autopsia psicológica y estudio psicosocial de Amada Suárez, el cual establece que se encontraba en estado de indefensión al momento de su muerte y por su deficiencia auditiva no pudo escuchar los ruidos para poder defenderse. Es catalogada como una víctima inocente y biológicamente débil.
Además constan versiones de testigos, el acta del levantamiento del cadáver, versiones de los hoy procesados y otros documentos.
Los vinculados
Es así que con base en estos elementos de convicción, la Fiscalía incluyó en el proceso a Lenin V., comandante General de la Policía Nacional en 1992, quien a la fecha de los hechos gozaba de fuero de Corte Nacional. Por esta razón es el Fiscal General el que sustentará el presente proceso penal.
También fueron vinculados Jorge Z., excomandante del Grupo de Intervención y Rescate (GIR) y Segundo R., exjefe Provincial de la Oficina de Investigación del Delito (OID).
Igualmente fueron incluidos Holguín Ñ. y Felicísimo A., Comisarios Cuarto y Segundo de Policía, a la fecha en que sucedieron los hechos.
Además consta Segundo E., Walter A. y Fausto C., exintegrantes del Grupo de Intervención y Rescate (GIR).
La Fiscalía inició este proceso penal el 25 de septiembre del 2015, dentro de la investigación por asesinato, sucedido hace 23 años, como violación grave a los derechos humanos.
Según el derecho internacional, una ejecución extrajudicial es la violación del derecho a la vida cometida deliberadamente por un servidor público (agente del Estado, en este caso policías) que se apoya en el rol que le ha dado el Estado para ejecutar el crimen. Es ejecución extrajudicial porque no se lo hace en el contexto de legítima defensa, ni en un conflicto armado.
Esta es la séptima causa que se judicializa con base en las investigaciones de la Dirección de la Comisión de la Verdad y Derechos Humanos de la Fiscalía, creada e impulsada en la administración de Chiriboga Zambrano.