El veto parcial enviado el 11 de enero pasado sugiere no modificar las denominaciones de Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación y de cédulas de identidad, por las de Dirección Nacional de Gestión de la Identidad y Datos Civiles y Documento Nacional de Identidad.
Además plantea observaciones a varios artículos, a la Disposición Reformatoria Segunda y a la Disposición Transitoria Segunda donde particularmente aclara que el matrimonio y la unión de hecho será posible entre personas de distinto sexo, que la adopción será viable en una pareja de diferente sexo y propone añadir la presencia de dos testigos para el cambio en el campo sexo por género, entre otras modificaciones que, a criterio del vicepresidente de la comisión, Fausto Terán, no cambian radicalmente a la ley.
Posteriormente, el Pleno de la Asamblea Nacional decidirá si se allana al veto del Ejecutivo para que la normativa sea publicada en el Registro Oficial y finalmente contar con una ley que se ajusta a las actuales disposiciones constitucionales.