En el informe recomienda al Pleno aprobar este instrumento internacional argumentando que guarda conformidad con los mandatos constitucionales al desarrollar y promover el principio de ciudadanía universal, por tanto, contribuirá al objetivo que Ecuador se convierta en una potencia turística a nivel internacional, promoviendo el ingreso de turistas chinos a nuestro país.
El acuerdo se sustenta sobre la base de la igualdad y la reciprocidad; prevé que los ciudadanos de la República Popular China que tengan pasaportes ordinarios válidos de ese país estarán exentos de requerimientos de visa para entradas y salidas o tránsito a través del territorio de la República del Ecuador para una estadía de máximo 90 días, durante el período de un año, contada desde la fecha de su primera entrada hasta la fecha de su partida definitiva, para actividades de turismo o afines y en general actividades no lucrativas.
Igualmente, los ciudadanos de Ecuador que tengan pasaportes ordinarios válidos de la República del Ecuador estarán exentos de requerimientos de visa para entrar o salir o en tránsito a través del territorio de la República Popular de China, por un período de estadía que no exceda los 30 días de la fecha de su entrada hasta la fecha de su partida.
En el documento se determina que los ciudadanos de cualquiera de los dos Estados que pretendan entrar y permanecer en el territorio del otro Estado por un período mayor para comprometerse en nuevas actividades, prensa, estudios, empleo o cualquier otra actividad lucrativa en el territorio del otro Estado deberán aplicar para una visa antes de entrar al territorio de la otra Parte.
El instrumento internacional señala que los ciudadanos de la República Popular China que entren en territorio de Ecuador y estén exentos de requerimientos de visa bajo este acuerdo podrán cambiar de categoría migratoria ante las autoridades competentes en el país para prolongar su estadía en la República del Ecuador.