Leonardo Orlando, subdirector general de Cumplimiento Tributario del SRI, precisa que las reformas se atienen a disposiciones normativas en la Ley de Régimen Tributario Interno, donde se establece que las tarifas se actualizarán de acuerdo a la variación del índice de precios al consumidor (IPC), elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
La variación del tributo en los tres bienes es mínima, por lo que a criterio de Orlando, “los valores prácticamente se han mantenido”.
Los productores y comercializadores tienen la facultad de asumir el incremento o trasladarlo a los consumidores.
En el caso de los cigarrillos el ICE se elevó de $ 0,1324 en 2015 a $ 0,1396 en 2016 por unidad. Es decir, que las 10.000 unidades de cigarrillos repartidas en 500 paquetes suman un impuesto de $ 1.396.
El ICE, explica el subdirector, no es un tributo con fines recaudatorios. Su objetivo es desincentivar el consumo de ciertos bienes, especialmente los que son nocivos para la salud, con tasas que dificulten el acceso a edades tempranas.
Para las bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, el impuesto registra un incremento de $ 0,14, pasando de $ 7, 10 en 2015 a $ 7,24 en 2016 por litro de alcohol puro.
Aquí el tributo está compuesto por dos ítems: el cálculo específico, en función de grado alcohólico; y el cálculo en función del valor (ad-valorem).
La recaudación del ICE de enero a diciembre de 2015, según datos del SRI, fue de $ 839 millones, de los cuales $ 497 millones son por operaciones internas y $ 141 millones por importaciones.
El tributo abarca cerca del 6% del monto global de recaudaciones, que el año pasado superó los $ 13.950 millones.