En una audiencia efectuada en Quito, la defensa de las inglesas argumentó que la niña, nacida en diciembre de 2011, aún no ha podido ser inscrita en el Registro Civil, la agencia de identificación del Estado, porque la normativa exige los apellidos de un hombre y una mujer.
La jueza Tatiana Ordeñana, al finalizar la audiencia, fijó un plazo de 72 horas para que las partes del proceso, las madres y la Procuraduría del Estado, argumenten las respectivas posiciones que le permitan emitir una decisión, según informó el diario El Comercio en su portal web.
Concluida esa fase, la decisión de la jueza pasará a conocimiento del pleno de la Corte Constitucional, el máximo organismo de control de la Carta Magna, y allí se emitirá un dictamen definitivo.
En la diligencia efectuada hoy también participaron abogados de grupos de defensa de las minorías sexuales, así como la Defensoría del Pueblo y de grupos opuestos a esa demanda.
El defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira, señaló que a su criterio se han vulnerado los derechos de la niña y dijo que lo primordial es que se reconozca a las inglesas como las madres de la pequeña.
Rivadeneira relató que la niña actualmente vive en Ecuador con una «visa de amparo» y remarcó que su situación debe solucionarse.
«Sus madres reconocieron a su hija en el Reino Unido. Para hacerlo, la niña obtuvo documentos de viaje de ese país (pasaporte y cédula) como ciudadana inglesa», añadió.
Sin embargo, dijo que para que la pequeña viva en Ecuador, su país natal, una de sus madres obtuvo una visa de inversionista que le permite residir permanentemente.
Con ese documento, la niña «accedió a una visa de amparo», agregó el defensor del Pueblo.
Bernarda Freire, coordinadora de la clínica jurídica de la Fundación Equidad, opinó por su parte que el fallo de la Corte podría demorar hasta fin de año y remarcó que «el Estado ecuatoriano reconoce los derechos de la familia diversa».
«Los argumentos en pro de la inscripción de la niña tienen que ver con su derecho a la identidad, un nombre, nacionalidad, con el hecho de que sea reconocida en su familia real porque vive con sus dos madres y son iguales para ella», agregó la activista que no descartó que el caso se presente ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), si no prospera en el país.
Grupos que se oponen a la demanda de las inglesas argumentaron que en la Constitución ecuatoriana no existe la figura de inscripción de este tipo y que irse contra ello podría suponer una violación de la Carta Magna.
Amparo Medina, de la Red Vida y Familia Ecuador, aseguró que el objetivo de su grupo «es defender el derecho constitucional que implica que los niños solo pueden ser adoptados por papá y mamá. No existe la figura de inscripción bajo ninguna ley ecuatoriana», dijo.
Añadió que en Ecuador solo existe la paternidad biológica o adopción y ninguna otra figura.
La hija de las inglesas Helen Bicknell y Nicola Rothon nació el 27 de diciembre de 2011 en Quito y cuando cumplió 19 días ellas trataron de inscribirla en el Registro Civil, pero no lo lograron ya que el sistema informático de esa agencia solo aceptaba los apellidos de un padre y una madre.
«El Registro Civil les negó (la inscripción) asumiendo que dos madres no pueden reproducir a una niña y que, por precautelar (proteger) el supuesto derecho de un padre inexistente, se la iba a registrar como hija de madre soltera», indicó Christian Paula, asesor jurídico del grupo Equidad.
La defensa de las inglesas ha interpuesto varios recursos y ha apelado a varias instancias judiciales hasta llegar a la Corte Constitucional.
La batalla legal de la pareja cuenta con el apoyo de diversos grupos de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) y de otras organizaciones de defensa de los derechos ciudadanos.