Los regalos que reciban las instituciones de la administración pública central, se considerarán como patrimonio de la entidad y podrán ser rematados para obras de beneficencia.

Esto de acuerdo al decreto 870, suscrito el pasado lunes 11 de enero por el presidente de la República, Rafael Correa, en el que se establece que los presentes obtenidos podrán ser rematados y que los valores obtenidos sean destinados a la beneficencia, mientras que los regalos que tengan un valor histórico tendrán que ser entregados al Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC).

En el caso de que alguna autoridad reciba un presente «estrictamente personal», y cuyo valor no supere el salario básico, «no se considerará entre los bienes que podrán ser ingresados a las instituciones», según dice el decreto. Asimismo, los regalos que reciban por la condición de autoridades o dignatarios del país, y que el costo rebase el salario básico, permanecerán en las mismas entidades.

El presidente Correa exhortó en el documento a que la Contraloría emita las normas de control para que esta política se cumple, la cual deberá extenderse a todo el sector público. Así, se reformó la disposición quinta del reglamento a la Ley de Servicio Público, en la que cual los presentes podían ser vendidos, rematados o subastados y lo recaudado era enviado a la cuenta única de la institución.