El informe señala: “Después del examen precedente a la objeción parcial a específicos artículos del proyecto de Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales, la comisión concluyó que la propuesta presidencial contribuye a precisar, aclarar y complementar el sentido y alcance de sus disposiciones. Los textos propuestos en la objeción coinciden con la estructura, contenido y objeto del proyecto, los cuales fueron debatidos al interior de la comisión y en el Pleno de la Asamblea Nacional y guardan conformidad con la norma constitucional, salvo en lo que concierne a las objeciones quinta, letra F, del artículo 81 y décimo quinta, relativa a la incorporación de un inciso final al artículo 130.
En consecuencia, la Comisión de Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario Pesquero, en su sesión ordinaria No. 049, realizada el día jueves 11 de febrero del 2016, aprueba el presente informe no vinculante y pone en consideración del Pleno de la Asamblea Nacional el allanamiento parcial a la objeción del Presidente de la República al proyecto de Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales en los términos propuestos”.
Miguel Carvajal, presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria se refirió a los artículos en los que la mesa legislativa determinó mantener la propuesta original. El primero, dijo, hace referencia a que las tierras de las comunas pueden ser entregadas en uso y en usufructo al Estado para la construcción de infraestructura de vivienda, salud y educación, manteniendo la propiedad de la tierra de la comuna.
“En la actualidad hay dificultades para construir centros educativos, centros de salud o planes de vivienda, porque la autoridad requiere del título de propiedad de una tierra que es comunitaria y que no se puede subdividir ni fragmentar. Entonces, nuestra propuesta tal como está planteada originalmente resuelve este problema. El veto parcial incorpora, además, la implementación de programas estratégicos como petróleo, minería, agua, biodiversidad que son materia de leyes específicas y no deberían ser materia de esta norma”, añadió.
Señaló que el segundo hace referencia a la interposición de un recurso administrativo que una persona puede hacer dentro de un proceso de declaratoria de utilidad pública o de afectación. A criterio del presidente de la mesa, la incorporación de un inciso al artículo 130 sobre este tema volvería a la situación actual de la ley en que procesos de este tipo se dilatan durante años, sin lugar a resolución. “Creemos que es innecesario, porque en el propio texto de la ley se protegen los derechos de las personas que en algún momento pueden ser sujetos de afectación”, dijo.
El informe de la mesa legislativa será entregado a la presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, para que pueda ser incorporado en el orden del día del Pleno del Legislativo. El parlamento tiene 30 días de plazo para pronunciarse sobre la objeción.