El órgano judicial declaró la inconstitucionalidad del artículo 68.1, en el segundo y tercer inciso de la Ley de Justicia Laboral, vigente desde el 2015. Esta norma sustituía el aporte fijo del Estado del 40% para el fondo de pensiones por una garantía que aplicaba únicamente cuando el Seguro Social no cuente con los recursos económicos para cubrir las obligaciones en curso de pago. Pero el fallo tendrá efectos generales para el año próximo.
La Corte estableció que el aporte “deberá ser considerada de manera obligatoria en el momento en el que se proceda a la elaboración de la Pro forma presupuestaria correspondiente al año 2019, esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 294 de la Constitución de la República”, señala el documento. El Frente Nacional de Jubilados del IESS (Frenjubiess) se congratuló ayer por la sentencia de la Corte Constitucional.
“Esperábamos esta decisión desde hace 1 180 días desde que presentamos la demanda, en abril del 2015, porque sentíamos que el Seguro Social iba progresivamente a quebrar”, indicó Francisco Ortiz, presidente del gremio. Sin embargo, la agrupación esperaba que la sentencia se cumpla con efecto retroactivo.
Subrayó que el Estado debe cancelar al Seguro USD 4 400 millones por lo que se dejó de aportar a la entidad desde que entró en vigencia la ley hasta el año en curso, más los intereses. “Si no es retroactivo nos estarían saqueando”, subrayó Ortiz. El grupo de jubilados prevé presentar una demanda ante la Corte Internacional de Justicia o al Tribunal Internacional de La Haya.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT), en una nota final del pasado 15 de marzo, informó que la eliminación del 40% de aporte estatal fue una medida que incidió negativamente en la sostenibilidad del Seguro Social.
De USD 1 100 millones que presupuestó el Estado para el IESS en 2015, la contribución cayó a USD 200 millones anuales y este año se presupuestaron apenas USD 220 millones, de los cuales USD 153,7 millones se destinarán a pensiones.
El fondo de jubilación mantiene un déficit presupuestario que obligó a la entidad a recurrir este año a una nueva desinversión por USD 1 669,6 millones, para cubrir los gastos de prestaciones, debido a que los ingresos por aporte de los afiliados no son suficientes. Aunque el pago se realice en 2019, analistas financieros consideran que la falta de pago estatal entre los años 2015 y 2018 acrecentará el déficit financiero de la entidad.
Para Fausto Ortiz, exministro de Finanzas, lo más preocupante de esto es que será un gasto permanente que Finanzas deberá fondear con gastos permanentes (tributos).
“Los ingresos permanentes en 2015 apenas superaban en USD 1 600 millones a los gastos permanentes. En la pro forma 2018, ese excedente se redujo a 600 millones”, detalló. El aporte anual del Estado al IESS se calcula por encima de los USD 1 000 millones al año.
El economista Jaime Carrera calcula que esto incrementará el déficit fiscal en al menos un punto adicional del producto interno bruto (PIB). “No hay liquidez. Deberían cancelarlo en el margen de un programa fiscal hasta el 2021, y dentro de eso establecer un programa para que se haga a través de bonos, pero es más deuda pública”.
Sobre la eliminación del límite de 24 salarios básicos a las utilidades que reciben los trabajadores, la sentencia señala que la declaratoria de inconstitucionalidad tendrá efecto para el período fiscal 2017, es decir, para las utilidades que reciben los trabajadores este año.
Rafael Oyarte, constitucionalista y quien presentó una de las demandas a nombre de un grupo de trabajadores, criticó la tardanza en el pronunciamiento de la Corte, pues cree que pudo ser más diligente.
Fuente: El Comercio