El proyecto de reformas incluye 20 artículos entre los que se encuentra la eliminación al artículo 10, 26, 55, 56, 69, el numeral 12 del artículo 49, el numeral 4 del artículo 52 de la LOC. Su propuesta incluye la incorporación de un artículo para la protección a periodistas.
«El Estado establecerá un sistema para la protección de los periodistas que por cuyas actividades profesionales su vida y la de sus familias esté en riesgo», reza el documento. La finalidad es otorgar el derecho de los periodistas a contar con un sistema que proteja su vida cuando investiguen temas de alta peligrosidad como corrupción, narcotráfico, trata de personas y terrorismo.
Así también propone la transformación de la Superintendencia de Información y Comunicación (Supercom) por un Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (CRDIC) que estará integrado por un representante de la función Ejecutiva, uno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, uno de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, uno de las facultades de Comunicación, uno de los gremios de periodistas y un representante de organizaciones indígenas, montubias y afros.
El CRDIC coordinará con las instituciones respectivas la elaboración de políticas públicas, protocolos, proyectos, planes y programas para la protección a periodistas. Entre las propuestas de la asambleísta Cruz está la eliminación de una regulación de información u opinión que se emita a través de internet.
Añade que, de aprobarse las reformas, quedará prohibida la censura previa por parte de una autoridad, funcionario público, accionista, socio, anunciante o cualquier otra persona que revise, apruebe o desapruebe los contenidos emitidos por los medios de comunicación.
Aquellos que censuren previamente directa o indirectamente serán multados por la suma de 10 salarios básicos. Únicamente el Presidente podrá disponer censura previa con estricta relación a los motivos que lleven a decretar el estado de excepción. También reconoce el derecho a la rectificación y el derecho a la réplica.
Para Cruz, los medios no podrán tomar posición institucional sobre la inocencia o culpabilidad de las personas involucradas en una investigación legal y deberán contener equidad en la publicidad de casos judiciales publicando en igualdad de condiciones las versiones de las partes involucradas.
Para los medios de comunicación habrá información de circulación restringida que son: la protegida con una cláusula de reserva establecida en la ley; la información acerca de datos personales y la que provenga de las comunicaciones personales, cuya difusión no ha sido debidamente autorizada por su titular, la ley o un juez; información producida por la Fiscalía en el marco de una indagación previa; información acerca de niños, niñas y adolescentes que viole sus derechos.
El CRDIC contará con un Consejo Consultivo como mecanismo de consulta y asesoría de carácter no vinculante, en los procesos de formulación de políticas sobre información y comunicación.
Este estará integrado por un representante de los realizadores audiovisuales, uno de organizaciones ciudadanas relacionadas a la promoción de la cultura, uno de catedráticos universitarios de facultades de comunicación, uno de estudiantes de comunicación, uno de organizaciones gremiales de periodistas, uno de medios de comunicación privados y uno de medios de comunicación comunitarios.
En la propuesta de Jeannine Cruz se excluye la participación de algún representante de los medios públicos. El resto de representantes se elegirá por los colegios electorales que conforme el Consejo Nacional Electoral.
Fuente: El Telégrafo