La decisión la tomó la Secretaría General de la Comunidad, que aseguró «se trata de un impuesto que vulnera el Programa de Liberación (libre comercio) pactado entre los socios de este bloque por medio del Acuerdo de Cartagena», manifestó el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (Mincit) colombiano en un comunicado.
La CAN dio este ultimátum después de una investigación iniciada en enero pasado ante la denuncia presenta por el Mincit y Perú, que activó «los mecanismos de solución de controversias». Durante la indagación, la Comunidad Andina encontró que ese impuesto no se aplica por los «servicios aduaneros prestados» a importadores para agilizar el comercio, como argumentaba Ecuador.
La ministra de Comercio colombiana, María Lorena Gutiérrez, afirmó que con el arancel los productos más afectados son los automóviles, cosméticos y productos de aseo, agregó la información. Ecuador puede pedir en los próximos 45 días una revisión del fallo, la cual debería ser contestada por la CAN en menos de un mes.
«Solamente en el caso en que este país logre demostrar ante la Secretaría que con la derogatoria de la resolución se generaría un daño irreparable, se podría autorizar a este país a mantener la tasa aduanera mientras se estudia a fondo el recurso», concluyó la CAN.
Fuente: El Telégrafo