La condonación de intereses, multas y recargos aplicará en deudas vigentes al 2 de abril de 2018 con el Servicio de Rentas Internas (SRI), Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae), Agencia Nacional de Tránsito (ANT), Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Empresas Públicas y Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).
Aplicará sobre todos los contribuyentes y tendrá efecto una vez que se cancele todo el capital y desistir de litigios, para lo cual se han establecido períodos de pago de acuerdo al tamaño de las empresas.
Los negocios que durante los últimos tres ejercicios fiscales registraron ingresos superiores a $ 5 millones podrán acogerse en un lapso de 90 días desde que la ley aparezca publicada en el Registro Oficial.
Aquellos con menores ingresos tienen la opción de cancelar dentro de los 90 días o solicitar facilidades de pago que se pueden extender hasta por 2 años.
El Frente Económico del Gobierno hace hincapié en que esta es la principal diferencia que tiene el proceso actual, ya que permite a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) acomodar su situación financiera.
Como meta el Gobierno proyecta recaudar $ 774 millones durante los próximos tres años, de los cuales $ 602 millones se prevén para 2018, $ 115 millones en 2019 y $ 57 millones en 2020.