Así lo dispone el presidente de la República, Lenín Moreno, en el Decreto Ejecutivo N.-490, que reforma el Reglamento Sustitutivo para la regulación de los precios de los derivados de los Hidrocarburos, publicado el 2 de agosto de 2005 en el Registro Oficial.
Según la disposición, la comercialización de gasolina súper de 90 octanos se realizará hasta la terminación del inventario existente.
La EP Petroecuador y la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH) coordinarán el incremento de dos octanos en este combustible con las entidades competentes. El Decreto Ejecutivo entra en vigencia el 27 de agosto, según su disposición final.