«Para efectos de esta Ley, se consideran medios de comunicación social a las empresas, organizaciones públicas, privadas y comunitarias, así como a las personas concesionarias de frecuencias de radio y televisión, que prestan el servicio público de comunicación masiva…», indica el texto.
El proyecto fue tramitado por la Comisión de los Derechos Colectivos que preside el asambleísta Jorge Corozo (AP). Jeannine Cruz (Creo), integrante de esa mesa legislativa, y Wilma Andrade (ID) reconocieron como una equivocación que no se haya modificado ese artículo.
«Llama la atención que en el texto final este tema se haya mantenido. Yo creo que este tema lo modificará el Presidente (Lenín Moreno) con el veto«, dijo Andrade. A pesar de esta controversia, Corozo matizó que ya en agosto del año pasado la Corte Constitucional dejó sin efecto las enmiendas aprobadas en 2015 que catalogaban a la comunicación como un servicio público.
«Al dejar sin efecto la Corte Constitucional esas enmiendas se constituye en un derecho la comunicación para todos los ecuatorianos«, puntualizó.
Fuente: El Comercio – Nota original: LINK