La disposición emana del reglamento para el Control y Fiscalización del Gasto Electoral que aprobó el Consejo Nacional Electoral (CNE) la tarde de este 27 de noviembre, con cuatro votos de los consejeros Enrique Pita, Luis Verdesoto, José Cabrera y Diana Atamaint. La consejero Esthela Acero no asistió al pleno.
Esta disposición es nueva en la legislación electoral, y en su artículo 47, resalta que en el «caso de anuncios contratados en línea con proveedores o prestadores de los servicios de redes sociales y páginas web con domicilio nacional o extraterritorial, ya sea de forma directa por el candidato, el responsable del manejo económico o procurador común de la organización política o alianza, o de forma indirecta a través de intermediarios, la comprobación se realizará por medio de factura o comprobante de venta expedido por los proveedores o prestadores de los servicios de redes sociales en el formato proporcionado por el sitio en línea».
Además, deberán anexar una captura de pantalla de la transacción en línea, que permita verificar «el portal en el cual fue realizado, el método de pago, tipo de bien o servicio adquirido, identidad y denominación legal. Se presentará una verificación mediante captura de pantalla de lo contratado».
Esta nueva disposición incluida por el organismo electoral, se da debido a que por la emergencia sanitaria por el COVID 19, están prohibidas las aglomeraciones y actos de concentración que son parte de la campaña, y la promoción de los candidatos se está impulsando en las redes sociales y sitios de internet.
El reglamento también pone una regla para la «neutralidad de la red», cuyo objetivo es evitar la desigualdad en la promoción de los candidatos a las diferentes dignidades.
En esta se especifica que «se entenderá por discrimen de la información a la acción deliberada de los proveedores de internet, los medios digitales y las redes sociales para proporcionar trato desigual a la información de una campaña sobre otra».
Para evitar estos hechos, la «Dirección Nacional de Fiscalización y Control del Gasto Electoral conminará a los proveedores de internet, los medios digitales y las redes sociales a evitar prácticas de discriminación de información tales como acelerar la conectividad al realizar búsquedas de temas específicos; favorecer la presencia de noticias de un tema, campaña o sujetos políticos en los buscadores; o, inducir a la circulación de información focalizada en una acción o sujeto político.Todas las publicaciones de campañas electorales deberán tener el mismo tratamiento por proveedores de internet, medios digitales y redes sociales, sujetos a las mismas condiciones de tarifación y difusión, y dentro del límite de gastos permitidos por la ley y los reglamentos electorales».
Para esta campaña electoral, los sujetos políticos también deberán reportar los gastos en servicios profesionales de diseño o asesoría en publicidad electoral.
«Los servicios profesionales o personales prestados antes y durante la campaña electoral, por concepto de asesoría o diseño de publicidad electoral, serán valorados y reportados por el responsable del manejo económico, por cada dignidad, binomio, lista y jurisdicción, en la cual prestó sus servicios, adjuntando el respectivo comprobante de venta autorizado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) o proforma o cotización, cuando se trate de una aportación en especie», cita uno de sus artículos.
De no hacerlo, el CNE «valorará económicamente a precio real de mercado e imputarán al gasto electoral».
Sobre los límites de aportes y formulario de origen, el Consejo resolvió que estos no excederán del 5% para personas naturales, el 10% para candidatos, y el 50% para las organizaciones políticas del monto máximo del gasto electoral, dependiendo la dignidad para la que postulen.
Las aportaciones en especie, no podrán exceder del 5% del máximo del gasto electoral; mientras que las donaciones que realicen las personas naturales, no podrán superar el 30% de sus ingresos declarados en el año anterior.
Todo aporte individual consolidado que supere los $ 10 mil, se respaldará con el formulario de origen lícito de fondos; y no se exonera de otras investigaciones de carácter administrativo o por una noticia que reciba el CNE para que se justifique el origen lícito de ingresos y egresos.
Las organizaciones políticas deberán presentar sus informes de ingresos y gastos de campaña, cada quince días al CNE para poder llevar un control sobre el origen de los recursos, por ejemplo.
El consejero Luis Verdesoto recordó que este tipo de controles son para evitar la doble contabilidad por parte de los actores políticos que intervienen en el proceso electoral, a la vez que recordó lo ocurrido con el denominado Caso Sobornos 2012-2016.
Nota Original: El Universo – LINK