El Gobierno estableció el Bono de Protección Familiar por Emergencia por la presencia del COVID-19 (IV fase). De acuerdo al decreto ejecutivo N.1279 consiste en una transferencia monetaria única de $120 que podrá ser cobrada en hasta sesenta días.

Pobreza
Créditos: El Universo

Según el Ejecutivo, se lo establece con la finalidad de apoyar económicamente a núcleos familiares y personas, que estén en riesgo de situarse en niveles de pobreza o extrema pobreza debido a la afectación de las actividades económicas por el coronavirus.

Podrán acceder al bono, aquellos núcleos familiares y personas sin relación de dependencia, afiliados al Seguro Social Campesino y afiliados al Trabajo No Remunerado del Hogar, a excepción de aquellas personas que cuenten con seguridad social contributiva.

No podrán acceder aquellas personas que fueron beneficiarios o realizaron el cobro del Bono de Protección Familiar Fase 1,2,3 y Cobertura en apoyo a Galápagos o del Bono de Apoyo Nutricional otorgados por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).

Esa secretaría de Estado hará el pago del bono, entidad que deberá determinar los requisitos y procedimientos para la entrega.

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