Con ello, una vez que se cumplan los plazos para interponer recursos horizontales, el Consejo Nacional Electoral (CNE) podrá proclamar los resultados definitivos de los comicios pasados y entregar las credenciales al binomio presidencial ganador, en una ceremonia que está prevista a realizarse en el Museo del Agua, en Quito.
En una sentencia de última instancia, los jueces Arturo Cabrera, Patricia Guaicha, Ángel Torres, Joaquín Viteri y Fernando Muñoz negaron un recurso planteado por la alianza UNES.
La alianza, que agrupa a Centro Democrático y FCS, impugnaba una resolución del CNE del pasado 22 de abril, en la cual negaron el pedido de revisar inconsistencias numéricas y de firmas en 1.520 actas de escrutinio de las votaciones del 11 de abril.
El TCE sustentó que no se ha violado el derecho al debido proceso en la sede administrativa y que hubo la “pretensión de introducir prueba nueva no conocida en sede administrativa, e inducir a error a este Tribunal”.
Los jueces coinciden con los argumentos del CNE, de que UNES no probó de “manera sustentada, clara e inequívoca las irregularidades alegadas con las actas de escrutinio, que asevera contendrían anomalías; y que sus afirmaciones carecen de sustento técnico y jurídico que justifiquen la pertinencia y procedencia de su solicitud”.
En esa línea, le negaron el recurso en un fallo publicado este 6 de mayo.
También, el pleno del TCE negó otro recurso subjetivo que interpuso Fuerza Compromiso Social, por falta de legitimación activa.
Al igual que UNES, FCS impugnó la resolución del 22 de abril del Consejo Electoral, que negó la revisión de las más de mil actas de escrutinio de la segunda vuelta.
En este caso, los jueces no se pronunciaron sobre el fondo del recurso, sino por la falta de legitimación activa, ya que FCS es parte de la alianza UNES, y en ese caso, el procurador común, Santiago Díaz Asque, es el facultado para interponer sus escritos.
En otro recurso, el movimiento FCS, a través de su secretaria ejecutiva, Victoria Desintonio, buscaba que se declare la “nulidad de las votaciones”, porque encontró que 4.063 actas de escrutinio no tenían firmas, según su “control electoral”.
El juez Fernando Muñoz inadmitió el proceso porque Desintonio y su movimiento son parte de la alianza UNES, por lo que no está “facultada para interponer recursos”.
De acuerdo con los resultados difundidos por el CNE, el candidato de UNES, Andrés Arauz, obtuvo el 47,64% de votación, correspondiente a 4′236.515 sufragios. En tanto, el presidencial de CREO-PSC, Guillermo Lasso, el 52,36%, con 4′656.426 votos válidos.
Nota Original: El Universo – LINK