El Consejo de Administración Legislativa (CAL) aplazó su decisión de calificar dos proyectos de ley que proponen derogar la reforma tributaria vigente desde enero de 2022, hasta que la Corte Constitucional se pronuncie si la Asamblea Nacional puede derogar una ley económica urgente promulgada como decreto-ley.
En la agenda del CAL, de este 28 de enero, constaba el conocimiento y resolución sobre los proyectos de ley derogatoria de la ley orgánica para el desarrollo económico y sostenibilidad fiscal tras la pandemia de COVID-19, publicada por el presidente de la República el 29 de noviembre de 2021, que establece entre otras cosas un aumento en el pago de impuesto a renta para quienes tengan ingresos mensuales superiores a $ 2.000.
Pero la legisladora de la Izquierda Democrática y segunda vicepresidenta de la legislatura, Yeseña Guamaní, planteó una moción para que se suspenda la discusión del punto referente a la calificación del proyecto de reforma tributaria, hasta que “este Consejo pueda contar con pronunciamiento de la Corte Constitucional como máximo órgano de interpretación constitucional, que establezca el alcance de la norma contenida en el inciso final del artículo 140 de la Constitución, elemento de juicio esencial para poder tomar una decisión, y que al momento no se encuentra disponible”.
La moción obtuvo cuatro votos: Guadalupe Llori (Pachakutik), Virgilio Saquicela y Nataly Arias (BAN-CREO) y la proponente Yeseña Guamaní (ID).
Esta decisión incluye un requerimiento al pleno de la Asamblea Nacional para que resuelva la presentación de una acción de interpretación ante la Corte Constitucional, para que el máximo órgano de interpretación constitucional realice la interpretación de la norma contenida en el inciso final del artículo 140 de la Constitución, respecto a la facultad de la Asamblea Nacional en cualquier tiempo de modificar o derogar, con sujeción al trámite ordinario previsto en la Constitución, un proyecto de ley calificado de urgente en materia económica promulgado como decreto-ley por parte del presidente de la República y publicado en el Registro Oficial; con el objeto de establecer el alcance de dicha norma con relación al contenido de los artículos 135 y 301 de la Carta Magna, por cuanto la ley orgánica de la Función Legislativa no desarrolla la cuestión objeto de interpretación; conforme lo determinado en el artículo 154 y siguientes de la Ley orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
En la sesión del CAL de este 28 de enero, el legislador Ronny Aleaga (UNES) presentó la moción para que se aprueben los dos proyectos de ley presentados.
Los proyectos fueron presentados por los legisladores Viviana Veloz (UNES), Patricia Sánchez, Salvador Quishpe y Ángel Maita (Pachakutik), y el objetivo es derogar la norma publicada como decreto-ley en el Registro Oficial n.º 587 del 29 de noviembre de 2021, por lo tanto, dejar sin efecto todas las reformas aplicadas a 22 cuerpos normativos, relacionadas con la modificación de los rangos de la tarifa progresiva del impuesto a la renta, la nueva deducción de gastos personales, la eliminación del impuesto a la herencia para los hijos del causante o para el cónyuge sobreviviente, las contribuciones temporales al patrimonio de las personas naturales y de las sociedades, entre otras reformas tributarias que entraron en vigencia en enero de 2022.
El informe de la UTL determinó que los dos proyectos presentados no cumplen con los requisitos formales establecidos en los artículos 134, 135, 136 y 301 de la Constitución. Estos tienen relación con la competencia exclusiva que tiene el presidente de la República para presentar proyectos de ley que creen, modifiquen o supriman impuestos, aumenten el gasto público. (I)
Fuente: El Universo – Nota original: LINK