Los préstamos quirografarios sirven para financiar deudas, compra de un vehículo, gasto para viajes, educación, salud y arreglos de vivienda. Los afiliados que requieran un préstamo deben estar al día en sus oblicaciones con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) o el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess). Además, podrá solicitar como monto de su préstamo quirografario hasta el 80 % acumulados en sus fondos de reserva y/o cesantía, pero esto no debe exceder los 80 salarios básicos unificados.
Anteriormente, el máximo que se podía solicitar era el 100 % del monto acumulado en las cuentas del afiliado o jubilado. Otro cambio que se estableció es que el plazo máximo del préstamo es de 4 años, y no de 5 como era antes. Por otro lado, la cuota mensual del préstamo a solicitar no podrá exceder el 30 % de la remuneración del afiliado, la que anteriormente era del 40 %.
Esto respecto a los cambios aplicados. Los requisitos de calificación para estos préstamos son:
Poseer garantías reales (fondos de reserva y/o cesantías) en el IESS
Tener mínimo 36 aportaciones.
Tener las 12 últimas aportaciones consecutivas.
Ser un afiliado activo.
El empleador actual no debe pertenecer al seguro social campesino.
No tener solicitud de cesantía en trámite.
El(los) empleador(res) no debe(n) estar en mora con el IESS.
Tener una cuenta bancaria registrada y autorizada por el IESS.
No constar con registro de fecha de fallecimiento en el IESS.
No tener crédito en mora con el IESS o Biess.
Si es empleador no tener obligaciones pendientes con el IESS.
Validaciones Biess.
No tener un crédito hipotecario en trámite.
No tener gastos de instrumentación pendientes en solicitud de préstamos hipotecarios iniciada y no concluida.
No tener comprobante pendiente de pago.
No tener créditos quirografarios en trámite.
Tener créditos en liquidación.
No tener crédito vigente con el IESS – anterior sistema HOST.