Entre las características principales del COGEP están:
Se aplicará únicamente a las materias no penales.
Las audiencias serán orales: los jueces dentro de todas las materias, a excepción de lo penal, constitucional y electoral, serán responsables de aplicar la nueva herramienta de la oralidad.
Las sentencias serán inmediatas a la terminación de la audiencia: se dictarán una vez que haya concluido la audiencia de prueba, y para materias consideradas voluminosas, grandes o conflictivas, se puede postergar por 10 días la expedición de la sentencia.
Se debe anunciar todas las pruebas que se utilizarán en el juicio: tanto la demanda como la defensa deberán anunciar todas las pruebas que presentarán durante el juicio, así ambas partes contarán con tiempo para el uso de su legítima defensa y evitar la deslealtad procesal.
Los tiempos de los juicios se reducen: con el actual Código de Procedimiento Civil un juicio puede durar hasta 20 años. Con el COGEP, la resolución puede reducirse a máximo un año y con el Código Orgánico de la Función Judicial el juez puede ser recusado por un retraso injustificado en la administración de justicia.
Esta nueva normativa será de aplicación obligatoria para todos los jueces que tramiten causas no penales, a partir del próximo lunes.