Jorge Calderón indicó que el mencionado artículo 77establece que el transporte terrestre se lo puede realizar a través de cooperativas o compañías, concordante con el actual artículo 28 de la Ley de Economía Popular vigente que consagra al transporte como cooperativas de servicio.
El presidente de la Comisión, Virgilio Hernández señaló que este pedido será debatido en su debido momento.
Luego de escuchar a los representantes de FEDOTAXIS, los comisionados continuaron con el debate del articulado sobre las organizaciones del sector cooperativo y establecieron que las cooperativas según la actividad principal que vayan a desarrollar, pertenecerán a uno solo de los siguientes grupos: producción, consumo, vivienda, ahorro y crédito, servicios y transportes.
En cada uno de estos grupos se podrán organizar diferentes clases de cooperativas, de conformidad con la clasificación y disposiciones que se establezcan en el reglamento de esta ley. El reglamento considerará las particularidades de las organizaciones cooperativas integradas por ecuatorianos en el exterior.
Precisaron que las Cooperativas de Producción son aquellas en las que sus socios se dedican personalmente a actividades productivas, en una organización manejada en común, tales como: agropecuarias, huertos familiares, pesqueras, artesanales, industriales, mineras, textiles, de construcción, servicios, etc.
Así mismo, resolvieron sobre las cooperativas de Vivienda que tendrán por objeto la adquisición de bienes inmuebles para la construcción o remodelación de vivienda y su entorno; infraestructura básica y equipamiento comunitario en beneficio de los socios. Determinaron que la Asamblea General decidirá si se somete el inmueble al régimen de propiedad horizontal.
En estas cooperativas la adjudicación de los bienes inmuebles se efectuará previo sorteo, en Asamblea General. Los bienes adjudicados quedarán sujetos al régimen de patrimonio familiar, añadieron.
La sesión continuará este martes a partir de las 15:00. Los parlamentarios debatirán y resolverán sobre las Cooperativas de Construcción.