Esta propuesta ecuatoriana, conforme a lo dispuesto por las normas del Acuerdo de Cartagena, busca dotar de previsibilidad a la aplicación de dicho mecanismo comercial mediante la definición de elementos claros y previamente acordados entre los integrantes de la CAN.
Cabe destacar que las medidas correctivas excepcionales se utilizan cuando las devaluaciones y/o depreciaciones de las monedas de otros países alteran las condiciones de competencia.