Más de 31 mil personas que no estuvieron en capacidad de pagar sus obligaciones con la banca pública y cerrada tendrán ahora la posibilidad de renegociarlas y deshacerse de las mismas en un futuro. El proyecto de Ley para la reestructuración de las deudas de la Banca Pública, Banca Cerrada y Gestión del Sistema Financiero Nacional y Régimen de Valores pasó el primer debate en el Pleno. Con esta norma se perdonan intereses, multas, costas y recargos.

Asamblea

El proyecto es de autoría del Ejecutivo y lo envió a la Asamblea como urgente en materia económica. Bajo esta condición, la Comisión de Régimen Económico, que está a cargo del estudio del texto, en un plazo no menor a 4 días debe preparar el informe para segundo debate.

Los pequeños y medianos productores agropecuarios y de pesca artesanal son los beneficiados, según la propuesta del régimen, pero la Comisión Legislativa plantea que se incremente a otros sectores, como artesanal, forestal, comercio, turismo, pequeña minería, entre otros. Se incluye a cooperativas y asociaciones. A ellos se les elimina los valores que tengan pendientes por intereses, multas, costas, recargos e intereses por mora, si se acogen al proceso de restructuración.

En el caso de las deudas con la banca pública, en particular con el Banco Nacional de Fomento en liquidación, la ayuda la tendrán si es que la deuda no supera los 40 mil dólares. En el texto original se fijaba 20 mil dólares. Para iniciar la restructuración, los denominados deudores de buena fe deben cancelar el 5% del capital y no el 10%, como se establecía inicialmente. Mientras dure la reestructuración, se suspenden los procesos coactivos.

El techo del monto fue uno de los temas más discutidos en el Pleno. El legislador Ángel Rivero propuso que no se ponga límite y que la cifra quede abierta para que todos tengan la posibilidad de renegociar. En tanto, Rosa Elvira Muñoz pidió que se suba a 50 mil dólares.

La Comisión también incorporó la exoneración del pago de hasta 20 mil dólares de capital, así como la remisión de sus intereses y multas en las deudas contraídas por deudores que se encuentren fallecidos. Durante el debate se planteó la necesidad de que se analice el caso de quienes han contraído enfermedades catastróficas o hayan adquirido algún tipo de discapacidad.

Deudas por la crisis financiera de 1999

Para las deudas derivadas de la crisis financiera de 1999 en el informe para primer debate se agrega un artículo en el que se incluye la posibilidad de que puedan presentar documentos probatorios que justifiquen inconsistencias o pagos no registrados por las instituciones financieras.

En este acápite también se libera la deuda cuando esta ha sido heredada. Se extingue, por esta sola vez, en el caso de que uno de los cónyuges ha fallecido. El monto límite es el registrado en la contabilidad de las entidades del sistema financiero de hasta 150 mil dólares. Asimismo, se modificó el monto límite del capital inicial de las operaciones acumuladas, de 150 mil a 25 mil dólares, para los deudores vinculados que deseen acogerse al recálculo. El asambleísta Miguel Carvajal dijo que este sector no debe estar incluido.

Según el proyecto, la cartera de las operaciones crediticias y no crediticias que a la fecha de la promulgación de esta ley posee el Banco Central y que provengan de los procesos derivados de la crisis financiera de 1999 se venderá a la compañía de Servicios Auxiliares de Gestión de Cobranza RECYCOB S.A. Sin embargo, esta propuesta tuvo objeción por algunos legisladores. Rosa Elvira Muñoz, Miguel Carvajal y Henry Llanes coincidieron en que la fijación de la empresa debe ser atribución del Banco Central y no por medio de ley. “Con esto vamos a entorpecer lo que se quiere hacer que es acelerar el cobro de la cartera”, dijo Carvajal.