El 9 de noviembre, la PGE determinó que el actual Consejo debe permanecer en funciones hasta que el Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs) culmine el concurso para el reemplazo de Juan Pablo Pozo, Nubia Villacís y Paúl Salazar.
Es decir, que ellos se prorrogarían en funciones, ya que su periodo constitucional concluye este 29 de noviembre. Goyes argumenta que esto no es legal, ya que ella debería principalizarse en funciones ese día.
Por lo que acusa a Mangas de inducir “de buena fe o dolosamente” a que el Procurador “se pronuncie sobre hechos falsos”. Esto porque Mangas sostuvo en su consulta que no existen consejeros suplentes que puedan principalizarse.
Sin embargo, el 17 de diciembre de 2014, el Cpccs nombró como cuarta suplente a Goyes y como quinta suplente a Mónica Rodríguez.
Por lo tanto, Goyes sostiene “no he muerto, no he renunciado, no he sido destituida y tampoco he sido cesada”, y reclama su derecho a ocupar el cargo. Lo cual impediría que el CNE quede acéfalo o con menos vocales.
Goyes, también coordinadora del colectivo Nosotras por la Democracia, exige a Mangas que remita una nueva consulta al Procurador, que contenga todos los elementos señalados por ella en su oficio, para que la PGE reconsidere su pronunciamiento y se de paso a su principalización. Según Goyes, esta consulta del Secretario de la Presidencia infringe la independencia de funciones, ya que se trata de un concurso organizado por la Función de Transparencia, sobre la Función Electoral, y nada tiene que ver con el Ejecutivo.
Finalmente, dijo que ni siquiera el CNE hizo la consulta al respecto y los acusa de guardar silencio por “ilegítimos”, “porque sabían que el repudio iba a ser generalizado”.
El contexto
El 31 de octubre, Mangas hizo dos consultas a Diego García, procurador General. La primera sobre el cumplimiento de funciones de los consejeros principales a “falta de consejeros suplentes para principalizarse”. Y la segunda sobre la continuidad de funciones del Presidente y Vicepresidenta del CNE. Según los tiempos constitucionales, tres integrantes del CNE deben ser reemplazados hasta este 29 de noviembre.
Sin embargo, el concurso que lleva a cabo el Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs) no concluirá a tiempo para cumplirlo. Los funcionarios que terminan sus períodos son Juan Pablo Pozo, Paúl Salazar y Nubia Villacís.
Por tanto, además, se debe reemplazar también a Pozo y Villacís en la presidencia y vicepresidencia del organismo, respectivamente.
Mangas preguntó si son aplicables las excepciones previstas en el numeral 4.1 del artículo 105 reformado del Reglamento General a la Ley de Servicio Público, hechas en el decreto ejecutivo 190, promulgado por el presidente Lenín Moreno el 18 de octubre.
En ese documento se establece que, a fin de garantizar la continuidad de la prestación de los servicios y actividades institucionales, los funcionarios de período fijo que formen parte del nivel jerárquico superior no podrán separarse del desempeño de su puesto, en la misma calidad que ostenten, hasta que sean legalmente reemplazados.
Además, se decretó que eso se aplicará cuando el concurso de designación de este tipo de funcionarios no haya concluido oportunamente, como ocurre en el caso de la renovación parcial del CNE.
De esta manera, la Procuraduría respondió, el 9 de noviembre, que es responsabilidad del CNE verificar las excepciones que establece el Decreto ejecutivo 190; es decir, que Pozo, Salazar y Villacís deben continuar en funciones. Y que, al no existir renovación parcial de los miembros del CNE, que permita la realización de la sesión para designar a los nuevos Presidente y Vicepresidente de ese organismo, los actuales funcionarios mantendrán su calidad hasta que no se complete la renovación, a través del concurso del Cpccs.
Fuente: El Comercio