Mientras existen diversos criterios jurídicos en torno a la publicación de la anteriormente archivada y negada ley ‘antipillos’ en el Registro Oficial, la Asamblea insiste en que lo actuado desde la institución se enmarca en la norma constitucional.
El secretario general del Legislativo, Alejandro Muñoz, recordó que el Parlamento está facultado a archivar proyectos calificados como urgentes en materia económica, al agotarse el primer debate.
Explicó que, esto se contempla en la Constitución, donde debido a la falta de consensos en la Comisión encargada de tramitar la norma y por economía procedimental, la Asamblea puede archivar una ley del Ejecutivo. Incluso, señaló que desde el 2014, se registraron 52 casos similares donde no existieron líos jurídicos.
Para Muñoz, lo actuado por el presidente Daniel Noboa incurre en dos inconstitucionalidades. La primera, al desconocer el pronunciamiento del Pleno de la Asamblea Nacional y promulgar la ley; y la segunda, al remitir la normativa al Registro Oficial sin contar con la certificación de la Secretaría General del Legislativo. Este documento, precisó, es necesario cuando un proyecto pretende ser publicado por el Ministerio de la ley.
“Existe una doble inconstitucionalidad en lo que ha promulgado el presidente de la República”, enfatizó.
Por otro lado, se refirió a la postura neutral adoptada por el Registro Oficial, el cual señaló que no es un organismo dirimente, y su única función es verificar la legibilidad y claridad de los documentos remitidos. Muñoz puntualizó que el Registro debió hacer un control de legitimidad del funcionario que emitió la solicitud de publicación, y debió observar que el proyecto fue anteriormente negado y archivado.
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