La modificación más llamativa fue a la Disposición transitoria segunda y tercera respecto las competencias tras la eliminación de la Superintendencia de Comunicación e Información (Supercom), especialmente en el Gobierno anterior y bajo la administración de Carlos Ochoa y de las sanciones pecuniarias de este ente, respectivamente.
En la propuesta original se indicaba que los derechos y obligaciones, vigentes en convenios, contratos u otro convenio jurídico serán asumidos por la Defensoría o por el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom). Con la modificación, esos atributos serán asumidos únicamente por el Cordicom.
Esa propuesta fue efectuada por Jeannine Cruz, de Creo. Ella manifestó que eso impedirá que la Defensoría se convierta en juez y parte. En cambio, la transitoria tercera planteaba que las sanciones pecuniarias que hayan sido interpuestas por la Supercom hasta la presente fecha de expedición de esta ley, deberán cumplirse de conformidad con la normativa aplicable al momento de su determinación, sin perjuicio de las acciones legales que puedan ejercer quienes se consideren asistidos de ellas.
Ahora, con la modificación, “las sanciones pecuniarias deberán ser revisadas sin perjuicio de las acciones legales que puedan ejercer quienes se consideren asistidos de ellas”.
Según César Carrión, legislador de Creo y proponente de la modificación, las acciones serán analizadas por la propia Supercom, la cual tiene 180 días de trabajo tras la aprobación de la presente ley, antes de su eliminación. Con la aprobación del informe, el documento pasará a la Secretaría General de la Asamblea para que allí se determine una fecha para el segundo debate en el Pleno. (I)
Fuente: El Telégrafo – nota original: LINK