El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Ecuador asumirá en 60 días el Sistema Ecuatoriano de Cooperación Internacional, al ser suprimida la entidad encargada de estas funciones hasta ahora.

Fotografía: El Telégrafo

En una nota de prensa, fechada la víspera, la Cancillería precisa que “realizará todas las acciones de carácter administrativo que sean necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto y asegurará la continuidad, en la ejecución de los distintos programas y proyectos que se encuentren a su cargo”.

Explica que este paso se da en el contexto de la reorganización del Sistema de Cooperación Internacional, tras el Decreto Ejecutivo con fecha 13 de octubre, mediante el cual el mandatario Rafael Correa ordenó suprimir la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional (Seteci), creada en 2007.

Como resultado, será el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en el encargado de “ejercer la rectoría, planificación, regulación, control y gestión del sistema Ecuatoriano de Cooperación Internacional”, el cual estará integrado por las entidades relacionadas con cooperación internacional no reembolsable.

“La Cancillería del Ecuador realizará todas las acciones de carácter administrativo que sean necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto y asegurará la continuidad, en la ejecución de los distintos programas y proyectos que se encuentren a su cargo”, indica el texto.

Añade que, en función de la reorganización institucional, las partidas presupuestarias y todos los bienes muebles e inmuebles, activos y pasivos, constantes en convenios, contratos, u otros instrumentos jurídicos, nacionales o internacionales de la Seteci, pasarán a formar parte del patrimonio del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

En tanto, esta cartera tendrá entre sus atribuciones el apoyar y asistir, dentro de sus competencias y responsabilidades, en los procesos de formulación, negociación, acceso, implantación, monitoreo y evaluación de programas y proyectos de cooperación internacional no reembolsable, así como negociar y suscribir a nombre del Estado ecuatoriano los acuerdos de cooperación internacional no reembolsable.

“A partir de ahora, todas aquellas disposiciones en las cuales se haga referencia a la Secretaría de Cooperación Internacional, deberá entenderse que se refiere al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana”, concluye.